SALTA, 08 MAYO
2006
Expediente N° 17.006/06.-
RESOLUCIÓN
CS N° 129/06
VISTO las presentes actuaciones por las cuales
Secretaría de Bienestar Universitario solicita reconocimiento y reintegro de
gastos realizados por la alumna Carina Anabel Aparicio L.U. Nº 206.393, a raíz
de un accidente ocurrido en la Facultad de Ciencias Exactas en el año 2005 y en
virtud del reclamo formulado por el padre de la alumna, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 16-11-05 dicha
Secretaría solicitó a la Caja de Seguros S.A. la cobertura del gasto a través
del Seguro de Responsabilidad Compartida que la Universidad Nacional de Salta
tiene con esa aseguradora, la cual fue rechazada con fecha 16-12-05.
Que a través del convenio celebrado oportunamente
con el Banco Sudameris Patagonia, se contempla la cobertura de accidentes a
todo el personal que presta servicios en esta Casa de Estudios como así también
al alumnado de la misma.
Que es oportuno solicitar a
Secretaría Administrativa y Asesoría Jurídica de esta Universidad, se sirvan
informar a este Cuerpo la cantidad de seguros contratados y el alcance jurídico
de los mismos, como así también disponer que a través de la Secretaría de
Bienestar Universitario se informe oportunamente este tipo de accidentes a la
Unidad Académica a la que pertenece el alumno accidentado.
Que el pedido efectuado por el padre
de la alumna citada resulta atendible a juicio de este Cuerpo.
Por ello y atento
a lo aconsejado por la Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº 015/06,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en Cuarto Intermedio de su Quinta Sesión Ordinaria del 27 de abril de 2006)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.-
Disponer el reintegro de PESOS UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 55/100 ($
1.245,55) en favor del Sr. Aníbal Aparicio, DNI Nº 8.182.768, en concepto de
los gastos realizados por el accidente de su hija Carina Anabel Aparicio, L.U.
Nº 206.393, DNI Nº 27.439.607, alumna regular de la Facultad de Ciencias
Exactas de esta Universidad.
ARTICULO
2º.- Solicitar a Secretaría Administrativa y Asesoría Jurídica
de esta Universidad informen a este Cuerpo respecto de la cantidad de seguros
contratados y el alcance jurídico de los mismos.
ARTÍCULO 3º.- Disponer que la Secretaría de
Bienestar Universitario informe oportunamente este tipo de accidentes a la
Unidad Académica a la que pertenece el alumno involucrado.
ARTÍCULO 4º.-
Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias Exactas, Secretaría
de Bienestar Universitario, Sr. Anibal Aparicio, Secretaría Administrativa, Dirección
General de Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad,
UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido siga a la Dirección General de Administración
para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publiquese en el boletín
oficial de esta universidad.-
RSR
Prof. Juan A. BARBOSA – Dr. Carlos Alberto CADENA