SALTA,
Expediente
N° 2.579/05.-
RESOLUCIÓN CS N° 126/06
VISTO las presentes actuaciones y, en particular las Resoluciones Nº 881/05,
1100/05 y 1.432/05 del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la
Nación, por la cual asigna fondos para atender los Acuerdos firmados con el
Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Federación de Trabajadores de
las Universidades Nacionales (FATUN), y
CONSIDERANDO:
Que de la aplicación de la citadas resoluciones, se
produjo un remanente de aproximadamente PESOS TREINTA MIL QUINIENTOS DIEZ Y SIETE CON NOVENTA Y
OCHO CENTAVOS ($ 30.517,98), correspondiente al mes de Enero de 2006, según
informe de Secretaría Administrativa de fecha 06-03-06.
Que el consejero representante del Estamento PAU solicita que dicho remanente
sea distribuido entre el personal de apoyo universitario de esta Universidad,
para atender las necesidades del personal que representa.
Que este Cuerpo entiende oportuno la distribución de
la cifra mencionada en carácter de Beca de Capacitación; a la vez que juzga
necesario que a través de las Unidades
de Gestión de esta Universidad se organicen actividades de capacitación que
permitan efectivizar el objetivo de la beca que se asigna.
Que en el mes de marzo se hizo
efectiva la suma de $ 100,oo al personal de apoyo universitario de esta
Universidad.
Por ello y atento a lo aconsejado
por la Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº 004/06,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
Cuarto Intermedio de su Quinta Sesión Ordinaria del 27 de abril de 2006)
R
E S U E L V E:
ARTÍCULO
1º.- Convalidar la asignación efectuada al personal de apoyo universitario (en
carácter de BECA DE CAPACITACIÓN), por el importe de PESOS CIEN ($ 100,oo) a
cada uno, conformado por: PESOS CINCUENTA ($ 50,oo) correspondientes al mes de
Enero de 2006 y PESOS CINCUENTA ($ 50,oo) correspondientes al mes de Febrero
2006.
ARTÍCULO
2º.- Solicitar a las Unidades de Gestión de esta Universidad que organicen
actividades de capacitación que permitan efectivizar el objetivo de la beca asignada
por el artículo precedente.
ARTÍCULO
3°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, Consejo
de Investigación, IEM, Secretaría Administrativa, Dirección General de
Administración, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, Asesoría
Jurídica y UAI. Cumplido, siga a Dirección General de Administración a sus
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
Prof. Juan A. BARBOSA – Dr. Carlos Alberto CADENA