SALTA, 28 ABRIL 2006
Expediente N° 4.293/03
y 4.599/04.-
RESOLUCIÓN CS N°
117/06
VISTO
estas actuaciones, por las cuales la Facultad de Humanidades, mediante
Resolución H Nº 1.684/04, otorga aumento de dedicación a favor de la Prof.
Roxana ORTÍN, docente de la mencionada Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que desde el punto de vista
académico, las categorías docentes en esta Universidad no tienen vinculación
con la dedicación horaria.
Que a fojas 242, Dirección de
Asesoría Jurídica emite Dictamen Nº 8.468, el que expresa: “La
Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior consulta respecto
a la existencia de impedimento normativo en relación a la posibilidad de
aumentar la dedicación a docentes regulares que aún no se encuentren en el
Régimen de Permanencia.
La Facultad de Humanidades, por Res.
Nº 1684/04, dispuso otorgar incremento de dedicación a la Prof. Roxana Ortín en
el cargo de Profesor Adjunto semiexclusiva a exclusiva, imputando el cargo a
una partida individual vacante.
La Dirección de Registro y Control
de Personal observa que la modificación de dedicación contraviene lo dispuesto
en el Art. 1º y 2º de la Res. Nº 187/03-CS.
En la cuestión en análisis
corresponde determinar la vigencia y el alcance de la disposición que da origen
a la observación formulada por Dirección General de Personal.
Ø
La Res. Nº 57/00-CS, establece que
toda designación en cualquier cargo docente debe realizarse conforme los
concursos pertinentes previstos para Profesor Regular, Jefe de Trabajos
Prácticos y Auxiliares Docentes de 1ª Categoría.
Ø
El Art. 2º establece que todo
aumento de dedicación mayor a 3 meses en cualquier cargo docente debe
formalizarse conforme a los reglamentos de concurso para Profesores Regulares,
JTP y Auxiliares.
El Consejo Superior, mediante Res.
Nº 137/00, resolvió suspender la aplicación de los Art. 1º y 2º de la Res. Nº
57/00 hasta tanto la Comisión de Docencia y Disciplina se expida y el tema sea
definido por el Consejo Superior. Por Res.
Nº 187/03, el Consejo Superior interpreta la Res. Nº 57/00 y establece que los
alcances de ésta se centra específicamente en las actividades que se realizan
como apoyo a los ingresantes de esta Universidad (Apartado I) y que es factible
proceder a la modificación de dedicación en caso de necesidad institucional
fundada para los docentes que estén comprendidos en el Régimen de Permanencia
si se cuenta con la partida presupuestaria y el consentimiento del agente
afectado. Por ello, y surgiendo de la normativa interpretativa dispuesta por
Res. Nº 187/03, únicamente es posible la modificación de la dedicación cuando
se cumplan los extremos allí requeridos: que el docente goce de permanencia
(Art. 1º Res. Nº 14/04 y modificatorias Res. Nº 128/05 y Res. Nº 460/05), que exista una necesidad académica
fundada, que se cuente con la partida presupuestaria para atender el incremento
y por último el expreso consentimiento del agente. En el caso de autos,
según surge del informe de Registro y Control de Personal, la Sra. Roxana Ortín
no cuenta con el requisito ineludible de permanencia en el cargo, por lo que no
resulta jurídicamente posible la modificación de su dedicación sin concurso
previo”.
Que este Cuerpo juzga pertinente otorgar
aumento de dedicación en el cargo regular, siempre que hubiere causa fundada,
partida presupuestaria y cargo de planta existente.
Que se deberán fundamentar las
causas de la modificación de dedicación.
Por ello, en
uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la
Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 043/06,
EL CONSEJO
SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en
Cuarto Intermedio de la Quinta Sesión Ordinaria del 27 de abril de 2006)
R
E S U E L V E :
ARTÍCULO
1º.- Establecer que todo aumento de dedicación en cargos docentes regulares,
deberá contar con partida presupuestaria y fundamentación académica
explícitamente documentada mediante un plan de trabajo aprobado por el Consejo
Directivo de la Facultad otorgante.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades,
Sedes Regionales, IEM, Consejo de Investigación, Secretaría Académica,
Dirección General de Personal, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la
Facultad de Humanidades a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín
oficial de esta Universidad.-
RSR
Prof. Juan A. BARBOSA – Ing. Stella PEREZ DE BIANCHI