Expediente
Nº 4.020/03.-
RESOLUCIÓN CS Nº 109/06
VISTO
estas actuaciones por las cuales la FACULTAD DE HUMANIDADES tramita el Concurso
Público de Títulos, Antecedentes y Pruebas de Oposición, para cubrir un cargo
de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Semiexclusiva
para la asignatura METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS SOCIALES - Carrera de Letras de Sede Regional
Tartagal, y
CONSIDERANDO:
Que
se ha dado cumplimiento con los trámites reglamentarios previstos en Resolución
CS N° 350/87 y modificatorias.
Que
el Jurado se expidió en tiempo y forma, aconsejando en forma unánime la
designación del Lic. Ángel Alejandro RUIDREJO en el cargo motivo de este
Concurso.
Que, atento a lo establecido en el
inciso b) del artículo 53 del Reglamento vigente, el Consejo Directivo de la
citada Facultad, mediante Resolución N° 079/06, aprueba el dictamen del Jurado
interviniente y propone la designación del mencionado profesional en el
referido cargo.
Por ello, en uso de las atribuciones
que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA,
INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 070/06,
EL CONSEJO
SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Quinta Ordinaria del
20 de abril de 2006)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO
1°.- Designar al Lic. Ángel Alejandro RUIDREJO, DNI Nº 20.623.595, en el cargo
de Profesor Regular en la Categoría de Adjunto con Dedicación Semiexclusiva
para la asignatura METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS SOCIALES - Carrera de Letras de SEDE REGIONAL
TARTAGAL, bajo dependencia académica de la FACULTAD DE HUMANIDADES, a partir de
la efectiva toma de posesión de funciones y por el término de cinco años, o
hasta el cumplimiento de la edad prevista en el artículo 27 del Estatuto de la
Universidad, si esto último se produce antes.
ARTÍCULO 2°.-
Establecer que la docente designada deberá cumplir sus funciones en la
asignatura motivo de este concurso y/o en cualquiera otra de la misma área o
disciplina afín, de acuerdo a su especialización, necesidades de la Facultad y
su dedicación, según lo determine el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE
HUMANIDADES mediante Resolución fundada, todo ello de conformidad con el Estatuto de la Universidad, según lo dispone
el Artículo 65 bis de la resolución CS Nº 350/87 y modificatorias.
ARTÍCULO 3º.- Imputar el presente gasto en la
respectiva partida individual de la Planta de Personal Docente de la citada
Sede.
ARTÍCULO 4º.-
Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Sede Regional
Tartagal, Obra Social, Dirección General de Personal y docente designado.
Cumplido siga a la Facultad de Humanidades para su toma de razón y demás
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-
RSR
Prfo. Juan A. BARBOSA – Ing. Stella PEREZ DE BIANCHI