SALTA, 10 MAR 2006

Expediente Nº  18.210/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº 075/06.-

            VISTO estas actuaciones por las cuales la Dirección General de Obras y Servicios eleva proyecto de resolución referido a la problemática de los perros vagabundos o que teniendo dueños, permanecen en el Complejo, sin el debido control y protección, y

            CONSIDERANDO:

            Que se solicitó dictamen de especialistas de la Facultad de Ciencias Naturales, sobre el Proyecto a que se alude precedentemente.

            Que el Dr. José Guillermo Ocaña, Médico Veterinario, expresa: “Respecto del Expediente Nº 18210/05, referente a la problemática de los perros vagabundos o no que permanecen en el Complejo, estoy de acuerdo con la Resolución del Consejo Superior; no pueden haber canes sueltos en el predio universitario y con mayor razón si tienen el hábito de morder a personas que transitan por el lugar en horarios normales de trabajo de clases. Todo animal debe tener un dueño que se haga cargo de él y se responsabilice por él. Debe estar cuidado, vacunado y desparasitado. Además un animal mordedor debe ser controlado por un término de 10 días posteriores a la mordedura para descartar que padezca enfermedades zoonóticas como la Rabia. Con respecto a los canes que usa la guardia, pueden permanecer en caniles durante el día y estar sueltos de noche o en los horarios donde se necesite vigilancia, acompañando al guardia...”

            Que este Cuerpo concuerda con lo expresado por el Méd. Vet. José Guillermo Ocaña y hace suyo el proyecto referido.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 002/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Segunda Sesión Ordinaria del 09 de marzo de 2006)

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.- Aprobar y poner en vigencia el REGLAMENTO PARA LA TENENCIA Y CONTROL DE CANES EN EL AMBITO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, cuyo texto obra como ANEXO I de la presente, entendiendo como “ámbito universitario” los siguientes espacios físicos:

·         Complejo “General San Martín”

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Bedelía, Museo de Ciencias Naturales, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Dirección General de Obras y Servicios para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-


ANEXO I – Expediente Nº 18.210/05.-

 

REGLAMENTO PARA LA TENENCIA Y CONTROL DE CANES

EN EL AMBITO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

 

Ø       Todos los canes a cargo del Servicio de Vigilancia, Serenos u otros agentes pertenecientes a la Planta de Personal de esta Universidad, deberán permanecer durante el día, en sus guaridas o atados con bozal.

Ø       Todos los canes sólo podrán acompañar a los Serenos, vigilantes o personas debidamente autorizadas, durante la noche o días feriados, con la debida protección.

Ø       Todos los canes deberán tener collar con identificación. La Dirección de Servicios Generales dependiente de la Dirección General de Obras y Servicios y las Oficinas que se habiliten al efecto, en los distintos ámbitos de la Universidad, llevarán un registro de canes y sus correspondientes dueños.

Ø       Los responsables de los canes deberán efectuar el control sanitario de los mismos, así como también la vacunación y desparasitación respectiva y presentar la certificación correspondiente en la Dirección General de Obras y Servicios o en la oficina que esta Dirección habilite  para tal fin.

Ø       Los canes hembras deberán ser esterilizadas mediante técnica adecuada.

Ø       Los canes que se encontraren sin dueño, deberán ser vacunados previo a su entrega en adopción dentro de los tres (3) días subsiguientes. Caso contrario serán entregados al Servicio Antirrábico.

Ø       Dentro del ámbito de la Universidad está prohibido alimentar y proteger a los perros vagabundos.

Ø       La Dirección de Servicios Generales, dependiente de la Dirección General de Obras y Servicios, efectuará el control y cumplimiento de estas normas.

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI