SALTA, 10 MAR 2006

 Expediente Nº  6.030/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº 073/06.-

VISTO estas actuaciones las cuales se tramita el beneficio de Año Sabático a favor del Cr. Roberto Mario RODRÍGUEZ, docente de la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución CS Nº 144/05, el Consejo Superior concedió este beneficio por un lapso de seis (6) meses,  usufructuado por el docente a partir del 19 de mayo de 2005.

Que a fojas 23-42 obra informe producido por el Docente, sobre las actividades desarrolladas, a la vez que agrega documentación probatoria y pedido de seis (6) meses restantes de este beneficio, a partir del mes de marzo de 2006, para poder completar el proyecto propuesto originalmente.

Que el Docente fundamenta su pedido en la necesidad de profundizar en temas que están estrechamente vinculados con la elaboración del libro “El Sistema de Información de Gestión y los Costos en el Sector Público”, el que cuenta con una estructura que abarcaría los siguientes temas:

Que mediante Resolución Nº 996/05, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Económicas solicita al Consejo Superior: a) se otorgue el beneficio del Año Sabático a partir del 1º de marzo de 2006 y por el término de 6 meses; b) se apruebe el informe presentado a fs. 23-26 por el Cr. Roberto Mario Rodríguez.

Que el Artículo 9º del Reglamento de Año Sabático expresa: “Concluido el uso del beneficio, el profesor deberá presentar para su aprobación al Consejo Directivo un informe de la actividad desarrollada. La valoración que haya merecido dicho informe se registrará en su legajo personal y constituirá un antecedente”, por lo que sólo compete al Consejo Superior otorgar el beneficio pedido por el Cr. Rodríguez.

Que consultada la Asesoría Jurídica, ésta expresa a fojas 71, mediante Dictamen Nº 8525 “Jurídicamente no existe objeción legal que formular a la solicitud, por cuanto, si bien el Cr. Roberto Rodríguez se encuentra sometido a Juicio Académico, no está suspendido en su actividad académica”.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 029/06,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Segunda Sesión Ordinaria del 09 de marzo de 2006)

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.- Otorgar, en el marco de la Resolución CS Nº 472/89, el beneficio del Año Sabático a favor del Cr. Roberto Mario RODRÍGUEZ, profesor regular de la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES, a partir del día siguiente de notificación de la presente resolución y por un período de (6) meses.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que el Cr. Rodríguez deberá presentar al término del beneficio otorgado, un informe de las actividades desarrolladas durante el mismo.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias Económicas, Obra Social, Dirección General de Personal y Cr. Rodríguez. Cumplido siga a la Facultad de Ciencias Económicas para su toma de razón y demás efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI