Expediente Nº 6.030/05.-
RESOLUCIÓN CS Nº 073/06.-
VISTO estas actuaciones las cuales
se tramita el beneficio de Año Sabático a favor del Cr. Roberto Mario
RODRÍGUEZ, docente de la FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución
CS Nº 144/05, el Consejo Superior concedió este beneficio por un lapso de seis
(6) meses, usufructuado por el docente
a partir del 19 de mayo de 2005.
Que a fojas 23-42 obra
informe producido por el Docente, sobre las actividades desarrolladas, a la vez
que agrega documentación probatoria y pedido de seis (6) meses restantes de
este beneficio, a partir del mes de marzo de 2006, para poder completar el
proyecto propuesto originalmente.
Que el Docente fundamenta su pedido
en la necesidad de profundizar en temas que están estrechamente vinculados con
la elaboración del libro “El Sistema de Información de Gestión y los Costos en
el Sector Público”, el que cuenta con una estructura que abarcaría los
siguientes temas:
Que mediante Resolución
Nº 996/05, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Económicas solicita
al Consejo Superior: a) se otorgue el beneficio del Año Sabático a partir del
1º de marzo de 2006 y por el término de 6 meses; b) se apruebe el informe
presentado a fs. 23-26 por el Cr. Roberto Mario Rodríguez.
Que el Artículo 9º del
Reglamento de Año Sabático expresa: “Concluido el uso del beneficio, el
profesor deberá presentar para su aprobación al Consejo Directivo un informe de
la actividad desarrollada. La valoración que haya merecido dicho informe se
registrará en su legajo personal y constituirá un antecedente”, por lo que
sólo compete al Consejo Superior otorgar el beneficio pedido por el Cr.
Rodríguez.
Que consultada la
Asesoría Jurídica, ésta expresa a fojas 71, mediante Dictamen Nº 8525 “Jurídicamente
no existe objeción legal que formular a la solicitud, por cuanto, si bien el
Cr. Roberto Rodríguez se encuentra sometido a Juicio Académico, no está
suspendido en su actividad académica”.
Por ello, en uso de las atribuciones
que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA,
INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 029/06,
EL
CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Segunda Sesión Ordinaria del 09 de marzo de
2006)
R
E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Otorgar, en el marco
de la Resolución CS Nº 472/89, el beneficio del Año Sabático a favor del Cr.
Roberto Mario RODRÍGUEZ, profesor regular de la FACULTAD DE CIENCIAS
ECONÓMICAS, JURÍDICAS Y SOCIALES, a partir del día siguiente de notificación de
la presente resolución y por un período de (6) meses.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que el Cr.
Rodríguez deberá presentar al término del beneficio otorgado, un informe de las
actividades desarrolladas durante el mismo.
ARTÍCULO
3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias Económicas,
Obra Social, Dirección General de Personal y Cr. Rodríguez. Cumplido siga a la
Facultad de Ciencias Económicas para su toma de razón y demás efectos.
Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE
BIANCHI