SALTA, 29/12/05.-

Expediente N° 2.613/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº 565/05.-

            VISTO las presentes actuaciones y la Resolución Nº 564/05 por la cual se consideró nula la Resolución CS Nº 535/05; y

CONSIDERANDO:

La Resolución Nº 328/05 la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, recomienda un parámetro de referencia para establecer la remuneración de autoridades superiores

Que los incrementos salariales otorgados, tanto a los docentes como al personal de la administración, han relegado los salarios que percibe la mayoría de las autoridades superiores, que continúan cobrando por aplicación del Decreto PEN Nº 283/94.

Que la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, propone fijar un parámetro relacionando los salarios docentes con el de las autoridades superiores, aspecto que este Cuerpo juzga como positivo, ya que permitirá determinar la remuneración de las autoridades en forma automática y relacionada a un sueldo de cargo docente.

Que en el marco de la normativa referida, corresponde a las instituciones universitarias nacionales fijar su régimen salarial y de administración de personal.

Que este Cuerpo analizó la propuesta considerada en la sesión del 20 de diciembre del año en curso, y concluye que los montos que figuran en la misma son asimétricos en relación a las características de las jerarquías del personal superior de esta Universidad, en comparación con la escala salarial actual.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por este Cuerpo luego de constituido en Comisión,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en Cuarto Intermedio de su 21º Sesión Ordinaria del 29 de Diciembre de 2005)

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1º.- Tomar la propuesta del Despacho Nº 303/05 del Cuerpo constituido en Comisión, en forma provisoria, como adelanto a cuenta del incremento salarial del personal superior de esta Universidad, recomendado por la Resolución SPU 328/05, a partir del 1º de Enero de 2006.

ARTÍCULO 2º.- Girar las presentes actuaciones a Comisión de Hacienda del Cuerpo para el estudio de la instrumentación del incremento salarial y hasta tanto se determine el Presupuesto de la Universidad en el Congreso de la Nación.

ARTÍCULO 3º.- Instruir a la autoridad de aplicación el cumplimiento de la liquidación resultante, según lo dispuesto en Anexo I de la presente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA - ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI


ANEXO I – Expediente Nº 2.613/05.-

 

a) Establecer como parámetro de referencia para determinar la remuneración de las autoridades superiores de esta Universidad, en el marco del artículo anterior, el equivalente al sueldo bruto de un Profesor Adjunto con dedicación exclusiva, con máxima antigüedad.

b) Al parámetro establecido en el inciso precedente se le aplicará el índice que se detalla en la siguiente planilla:

 

 

CARGO

PARÁMETRO DE REFERENCIA

(Profesor Adjunto con dedicación exclusiva multiplicado por coeficiente)

Rector

2

Vicerrector

1.88

Decano

1.76

Vicedecano

1.63

Decano con Dedicación Semiexclusiva

1.76/2

Vicedecano con Dedicación Semiexclusiva

1.63/2

Secretario de Universidad

1.57

Secretario de Facultad

1.45

c) Establecer, con relación a las autoridades de las Sedes Regionales de esta Universidad, la aplicación del equivalente al sueldo bruto de un Profesor Adjunto con dedicación exclusiva con máxima antigüedad, incluyendo el adicional por zona, por el factor correspondiente a Secretario de Universidad, conforme a la planilla consignada precedentemente. De la misma manera se aplicará para los Secretarios de Sede Regional, con el factor que corresponda al de Secretario de Facultad.