SALTA, 5 de diciembre de 2005

 

 Expediente N ° 2.599/05.-

RESOLUCIÓN CS Nº  506/05.-

 

            VISTO el proyecto de resolución presentado por la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Salta (ADIUNSa.), vinculado a que la Universidad Nacional de Salta otorgue el título de DOCTOR HONORIS CAUSA al escritor OSVALDO BAYER, y

            CONSIDERANDO:

            Que el Estatuto de nuestra Universidad prevé otorgar esta alta distinción a aquellas personalidades de nuestro país y el exterior que han desarrollado tareas en defensa de los valores de la Vida, la Democracia y los Derechos Humanos.

            Que Osvaldo Bayer representa un ejemplo de intelectual surgido del seno de nuestro pueblo, que en su vida ha demostrado un compromiso con las causas más nobles del mismo.

            Que su producción refleja la denuncia de la explotación sea de los obreros patagónicos, sea de los pueblos originarios de nuestro país, de los desposeídos actuales.

            Que su pluma ha denunciado con rigor histórico a las dictaduras, a los genocidas, a los gobiernos genuflexos.

            Que Bayer sufrió las persecuciones a las que fueron sometidos trabajadores, estudiantes e intelectuales por las diversas dictaduras que asolaron nuestro país. Conoció la cárcel en los años  ‘60; en los ‘70 con la publicación de la tercera parte de “Los vengadores de la Patagonia Trágica” y el estreno de “La Patagonia Rebelde” fue marcado por la triple A y debió exiliarse en Alemania.

            Que pese al terror militar ingresó en forma clandestina en los años de plomo para interesarse por la vida de amigos, compañeros y perseguidos de la última dictadura.

            Que recién pudo regresar a su país en el año 1983, que desde su regreso y desde la contratapa del diario Página 12 denunció los actos claudicantes de los diversos gobiernos electos: el Felices Pascuas, las leyes de la impunidad, el Pacto de Olivos, la represión a los hambreados, la connivencia de sectores de la iglesia con los genocidas, la relación de los grupos económicos argentinos como sostén de la misma, la corrupción neoliberal y los indultos presidenciales, el reciclado de funcionarios que indistintamente sirvieron a la dictadura y gobiernos surgidos de las urnas (Cavallo), la continuidad neoliberal con represión, etc.

            Que siendo un incesante defensor de los Derechos Humanos acompaña desde el primer día a Madres de Plaza de Mayo y al conjunto de organizaciones que permitieron que se anularan las leyes de la impunidad.

            Que es uno de los docentes más prestigiado de la Universidad de las Madres y fundador de la Cátedra de Derechos Humanos de la UBA.

            Que visitó nuestra ciudad en el año 1994, invitado por ADIUNSa y mostrando su coherencia entre la teoría y la práctica, encabezó junto a los docentes universitarios la columna gremial en ocasión de una gran marcha de la docencia salteña.

            Que nuestra Universidad, en esa ocasión, lo declaró HUESPED DE HONOR.

            Que Osvaldo Bayer representa un ejemplo de intelectual, de docente y de ciudadano argentino y un modelo para los jóvenes de nuestra Universidad.

            Que el Estatuto de la Universidad Nacional de Salta, expresa en su artículo 100, inciso 10)  “ Otorgar por el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros el título de doctor honoris causa a aquellas personalidades de sobresaliente trayectoria en el país o en el mundo cuyo aporte sea significativo ”

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA de este Cuerpo, mediante Despacho N ° 320/05,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Vigésima Ordinaria del 1º de Diciembre de 2005)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.-  Otorgar al escritor OSVALDO BAYER el titulo de DOCTOR HONORIS CAUSA de la Universidad Nacional de Salta, en reconocimiento a su tarea en defensa de los olvidados, de los valores democráticos y de los Derechos Humanos.

ARTÍCULO 2º.- Dar amplia difusión a la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Encomendar a la Secretaria Académica de la Universidad y a la Asociación de Docentes e Investigadores de la Universidad Nacional de Salta (ADIUNSa.) la realización de un Acto Académico en el cual se cristalice la entrega efectiva de la presente distinción.

 ARTÍCULO 4 °.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Osvaldo BAYER, Facultades, Sedes, IEM, Secretarías, Direcciones Generales, Consejo de Investigación, Radio Universidad, Dirección de Relaciones Públicas, Dirección de Control Curricular, ADIUNSa, APUNSa., FUSa., UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección de Control Curricular a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI