SALTA, 21 NOV. 2005

Expediente Nº 4.130/04.-

RESOLUCIÓN CS Nº 490/05.-

VISTO estas actuaciones por las cuales la FACULTAD DE HUMANIDADES tramita la validez a nivel nacional del Título de Licenciado en Idiomas (Articulación con el Nivel Superior No Universitario), y

CONSIDERANDO:

Que Secretaría Académica de la Universidad, con fecha 7 de mayo de 2004, solicita a la Dirección Nacional de Gestión Universitaria la validez nacional y la fijación de los alcances de título de Licenciado en Idiomas.

Que la Coordinación de la Carrera citada procedió a realizar las modificaciones pertinentes, de acuerdo a las observaciones  formuladas por la Dirección de Gestión Universitaria.

Que de los trámites realizados surge la necesidad de modificar el Plan de Estudios de la Carrera de Licenciatura en Inglés/Francés/Italiano (Articulación con el Nivel Superior No Universitario).

Que en virtud de ello, el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades mediante Resolución 1290/05, solicita a este Cuerpo la modificación respectiva.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 294/05,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décimonovena Sesión Ordinaria del 17 de noviembre de 2005)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Modificar el Plan de Estudios correspondiente a la “Licenciatura en Inglés/Francés/Italiano - Articulación con el Nivel Superior No Universitario”, aprobado mediante Resolución CS Nº 242/00, en las partes que se consignan a continuación:

III.OBJETIVOS

OBJETIVOS ESPECÍFICOS (pág 3)

Suprimir: “emplear y explotar adecuadamente los medios didácticos disponibles”.

 

V. PROYECTO DE ARTICULACIÓN (pág.3)

Modificar: “Los módulos y seminarios se desarrollarán con la modalidad presencial. En cuanto a la frecuencia de cursado, ésta dependerá también de las características de cada módulo o de cada seminario. En general, la frecuencia será quincenal (viernes y sábados) teniendo en cuenta las posibilidades reales de los aspirantes quienes se desempeñan, en su mayoría, como docentes de E.G.B., Polimodal y Terciario”.

 

2. TRAYECTO DE LICENCIATURA (pág. 6)

Modificar: “Todos estos seminarios serán con la modalidad presencial”.

 

Seminario 4 (pág. 6):

Modificar: “La frecuencia de cursado de este seminario es de cinco horas semanales durante catorce (14) semanas”.

 

VIII. ALCANCES DEL TITULO DE LICENCIADO EN INGLÉS/FRANCÉS/ITALIANO (pág. 7):

Suprimir: “Docencia superior en el área de lengua extranjera”.

 

IX. PERFIL PROFESIONAL DEL LICENCIADO EN INGLÉS/FRANCÉS/ITALIANO (pág. 8):

Modificar: Primer apartado: “El Licenciado en Ingés/Francés/Italiano será un graduado que tendrá una formación específica que le permitirá abordar con solvencia la intervención en el campo de la investigación en la lengua extranjera”.

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Humanidades, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección de Control Curricular a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

PROF. JUAN A. BARBOSA DR. CARLOS CADENA