SALTA, 21 NOV. 2005

 

Expediente N° 809/04.-

RESOLUCIÓN CS Nº  481/05.-

            VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Ricardo Jaime CANO solicita reválida de su Título de “Licenciado en Ingeniería Agronómica”, obtenido en la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho” de la ciudad de Tarija, República de Bolivia, y

            CONSIDERANDO:

            Que la documentación presentada por el causante se ajusta a cada uno de los requisitos exigidos por la Resolución N° 676/86 del Consejo Superior.

            Que a fojas 265 vta. de las actuaciones de referencia, la Sra. Secretaria Académica de la Universidad informa que el trámite realizado por la Facultad de Ciencias Naturales está encuadrado en las normativas vigentes.

            Que en virtud de ello y el análisis realizado, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales, mediante Resolución CDNAT-2005-0404,  solicita a este Cuerpo otorgue reválida de título de Licenciado en Ingeniería Agronómica extendido por la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho” a favor del Sr. Ricardo Jaime CANO, quedando habilitado para ejercer la profesión de INGENIERO AGRÓNOMO en todo el territorio de la República Argentina.

            Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 306/05,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Décimonovena Sesión Ordinaria del 17 de noviembre de 2005)

R E S U E L V E:

 

ARTÍCULO 1°.- Otorgar al Sr. Ricardo Jaime CANO, DNI N° 23.271.754, reválida del Título de “Licenciado en Ingeniería Agronómica” obtenido en la Universidad Autónoma “Juan Misael Saracho” de Tarija (BOLIVIA), equiparándolo con el título de INGENIERO AGRÓNOMO que se expide en la Facultad de Ciencias Naturales de esta Universidad, quedando así habilitado para ejercer esta profesión en todo el territorio de la República Argentina.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultad de Ciencias Naturales,  Sedes Regionales, Sr. Ricardo J. Cano, Secretaría Académica, Dirección de Control Curricular, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección de Control Curricular a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA