SALTA, 07/11/05.-

Expediente Nº 2.584/05

RESOLUCION CS 444/05

VISTO las disposiciones contenidas en el inciso a) del Artículo 182 del Estatuto de esta Universidad, aprobado por Resolución AU. Nº 001/96 y publicado en el Boletín Oficial de la Nación Nº 28485 de fecha 24-09-96, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde renovar el mandato de los consejeros representantes por los Estamentos de Estudiantes y Graduados ante los Consejos Directivos y Superior de esta Universidad.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 137/05,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Decimoctava Sesión Ordinaria del 3 de Noviembre de 2005)

RESUELVE:

 

ARTICULO 1°.- Convocar a elecciones Ordinarias para el 07 de Abril de 2006, con el fin de elegir los representantes de los Estamentos de Estudiantes y Graduados ante los Consejos Directivos y Superior de esta Universidad.

 

ARTICULO 2º.- Establecer el siguiente Cronograma Electoral:

 

Actividad

Fecha

Periodo de Inscripción de Graduados

Hasta el 03/03/2006

Confección de Padrones Provisorios de Estudiantes y Graduados y del listado de electores que en principio figuran en dos padrones y deben optar por uno de ellos.

Hasta el 08/03/2006

Publicidad (periodo de tachas e inclusiones)

Desde el 13/03/2006

Hasta el 20/03/2006

Emisión de Padrones Definitivos de Estudiantes y Graduados, distribuidos por mesas.

24/03/2006

Recepción de Listas de Candidatos y Avales

Hasta hs. 19:00 del 29/03/2006

Oficialización de Listas

30/03/2006

Cierre de Campaña Electoral

04/04/2006 a hs 24:00

Acto Eleccionario

07/04/2006 de hs 8:00 a 19:00

Impugnaciones al Acto Eleccionario

Hasta hs 19:00 del 10/04/2006

Expedición de Juntas Electorales y Proclamación de Candidatos Electos

12/04/2006

Posesión de Consejeros Electos

29/04/2006

 

             

ARTICULO 3°.- Determinar que los Consejos Directivos de las Facultades deberán designar sus respectivas Juntas Electorales hasta el 23 de diciembre de 2005

 

ARTICULO 4º.- Establecer que la condición necesaria para ser considerado Estudiante Regular es haber aprobado por lo menos 2 (dos) asignaturas en el período comprendido entre el 10 de Enero de 2005 y el 31 de Diciembre de 2005.

 

ARTICULO 5º.- Comuníquese con caria a Rectorado, Facultades, Sedes Regionales Direcciones Generales, Secretarías, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-

 

RSR

PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI