SALTA, 09/09/05.-
Expediente Nº 2.506/97 Y 17.008/05
RESOLUCION
CS 324/05
VISTO
las presentes actuaciones y, en particular, la Resolución R Nº 0895-05, dictada
ad-referéndum del Consejo Superior, por la cual se fijan los porcentajes para
el presente período lectivo, respecto de la distribución de fondos destinados
al pago de Becas, y
CONSIDERANDO:
Que dicho acto administrativo se emitió a los efectos de
atender el pedido efectuado por la Sra. Jefa del Departamento de Becas, quien
solicitó a la Comisión de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo, que el
cupo de becas a otorgarse a los Institutos de Educación Media de esta
Universidad sea de un SEIS POR CIENTO (6%) del crédito total.
Que también existieron razones de urgencia, como fue la
iniciación del año lectivo y la necesidad de satisfacer las demandas de los
alumnos solicitantes; siendo necesario, además, adecuar el Reglamento de Becas
a la realidad institucional, para lo cual
se solicita a la Secretaría de Bienestar Universitario la elaboración del
proyecto respectivo.
Por ello y luego de constituido en Comisión,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE SALTA
(en su Décimoquinta Sesión Ordinaria del 8 de setiembre
de 2005)
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Convalidar la
Resolución Rectoral Nº 0895-05, de fecha
08/09/05, por las razones invocadas en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora,
Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías,
Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, UAI, Dirección de
Contabilidad, Tesorería General, Consejo de Investigación y Asesoría Jurídica
Cumplido siga a la Secretaría de Bienestar Universitario a sus efectos. Asimismo, publíquese en el
boletín oficial de esta universidad
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA PEREZ DE BIANCHI