SALTA, 27/07/05
Expediente Nº 4.377/05.-
RESOLUCIÓN CS Nº 245/05.-
VISTO estas actuaciones por las cuales alumnos ingresantes a la FACULTAD DE HUMANIDADES solicitan prórroga para la presentación de documentación relacionada con la finalización de estudios de nivel secundario, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución H Nº 440/05, el Consejo Directivo de la citada Unidad Académica estableció el día 31 de julio de 2005, el plazo para la presentación de la Constancia o Certificado de aprobación de la totalidad de las asignaturas el Nivel Medio, en los términos del Artículo 2º de la Resolución CS Nº 137/05.
Que en la misma Resolución la Facultad de Humanidades (Art. 2º) solicita al Consejo Superior delegue en los Consejos Directivos de las Facultades la posibilidad de fijar criterios para el otorgamiento de prórrogas a los estudiantes que no cumplieron aún con la constancia de finalización de estudios secundarios.
Que el Estatuto de la Universidad Nacional de Salta establece en su Artículo 100, inc. 12) que es atribución del Consejo Superior: “Establecer el régimen general de estudiantes de la Universidad “, siendo las condiciones y criterios de admisión a esta Universidad, parte esencial de la mencionada atribución.
Que el espíritu y la letra de la Resolución CS Nº 137/05 no admite la posibilidad de una delegación a los Consejos Directivos, como la solicitada por el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades.
Por ello y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, Investigación y Disciplina, mediante Despacho Nº 128/05,
(en su Décima Sesión Ordinaria del 7 de julio de 2005)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Tomar conocimiento del Artículo 1º de la Resolución H Nº 440/05 del Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades.
ARTÍCULO 2º.- No hacer lugar a lo solicitado en el Artículo 2º de la Resolución H.Nº 440/05.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultad de Humanidades, Secretaría Académica, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Humanidades a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-
RSR
FDO.: PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA