SALTA, 17 MAYO 2005
Expediente N° 14.075/05.-
RESOLUCIÓN CS Nº 174/05.-
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Escuela de Ingeniería Química de la FACULTAD DE INGENIERÍA de esta Universidad, solicita la contratación del Ing. Oscar Daniel QUIROGA, y
CONSIDERANDO:
La Resolución Nº 208/05, por la cual el H. Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería solicita al Consejo Superior autorización para proceder a la contratación del Ing. Oscar Daniel QUIROGA, con retribución equivalente a un cargo de Profesor Titular con dedicación simple, por el período: 1º de marzo de 2005 – 28 de febrero de 2006.
Que el artículo 21 del Estatuto de nuestra Universidad contempla este tipo de contratación al expresar: “DE LOS PROFESORES CONTRATADOS: El Consejo Directivo, por el voto de los dos tercios del total de sus miembros, puede proponer al Consejo Superior la contratación por tiempo determinado y por razones académicas debidamente fundadas, de profesores o investigadores de distintas categorías y especialidades, en las condiciones, funciones y con la retribución que en cada caso se establezca.”
Que la Resolución CS Nº 41/03 establece: “Todo docente dependiente de la Universidad Nacional de Salta, que cesa en su calidad de Regular, en el marco del Art. 27 del Estatuto de la Universidad Nacional de Salta, podrá ser contratado en las condiciones establecidas en el Art. 21 del mismo, en un cargo no superior al que desempeña al momento del cese, por un plazo no mayor de un año, prorrogable por una sola vez y con una dedicación no mayor a semiexclusiva”.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 110/05,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Sexta Sesión Ordinaria del 12 de mayo de 2005)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º. Autorizar a la Facultad de Ingeniería a contratar los servicios del Ing. Oscar Daniel QUIROGA, con una retribución equivalente a Profesor Titular con Dedicación Simple por el período comprendido entre el 1º de marzo de 2005 y el 28 de febrero de 2006, en el marco de las reglamentaciones vigentes en la Universidad.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultad de Ingeniería, Ing. Quiroga, Dirección General de Personal, Obra Social, UAI y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Ingeniería a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. CARLOS A. CADENA