SALTA 14 ABRIL 2005
Expediente Nº 11.270/04.-
RESOLUCIÓN CS N º 105/05
VISTO las
presentes actuaciones por las cuales la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES tramita
la convocatoria a elecciones para la renovación de los representantes de los Estamentos de Auxiliares
de la Docencia, Personal de Apoyo Universitario, Estudiantes y Graduados ante
los Consejos Directivo, Consejo Superior y CIUNSa., y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 262, La
Junta Electoral de la Facultad de Ciencias Naturales consultó acerca de los alcances del dictamen
de la Comisión Coordinadora
Electoral, referida a la constitución de la Junta Electoral de la Facultad de Ciencias Exactas, respecto a
su constitución.
Que,
a fs. 269, la Comisión Coordinadora Electoral, mediante dictamen Nº 03/05 expresa:
“III.- En tal sentido y atendiendo a los
argumentos desarrollados en el citado Dictamen Nº 2/05, cuyo texto se adjunta,
la constitución de Juntas Electorales apartándose de lo expresamente previsto
de la Res. C:S: 141/96 y modif., que pone en vigencia el Reglamento Electoral
General de la U.N.Sa., cuando éstas han decidido sobre actos esenciales del
proceso electoral que impiden admitir su saneamiento, torna nulo lo actuado,
siendo que, en el caso, la inminencia de las elecciones, previstas para el día
15 de abril, no posibilita recuperar los plazos para que el comicio se
concrete.
Ello
importa la necesidad de resolver sobre la nulidad de los posibles actos
viciados, cuando éstos son esenciales al proceso
electoral, y establecer eventualmente una nueva fecha para la realización
de las elecciones. Al respecto, constituyen aspectos esenciales del
procedimiento, en el caso, la oficialización de las listas
de candidatos, su admisión o rechazo como la resolución
de impugnaciones en el curso del proceso, porque si en ellos ha tomado
intervención
la Junta Electoral irregularmente integrada, la consecuencia necesariamente es
que el procedimiento se encuentra viciado y debe ser declarado nulo.
Si lo anterior fuera así,
corresponde se giren las actuaciones al Consejo Directivo de esa Facultad para
que resuelva este asunto conforme a derecho.”
Que corresponde al
Consejo Directivo de la mencionada Facultad analizar las consideraciones
vertidas por la Comisión Coordinadora Electoral mediante Dictamen Nº 03/05.
Que
dado el tiempo que demandará este análisis y teniendo en cuenta que el acto
electoral está previsto para el viernes 15 de abril de 2005, este Cuerpo
entiende que deben suspenderse las elecciones en la Facultad de Ciencias
Naturales.
Por
ello y luego de constituido en Comisión,
EL CONSEJO
SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Cuarta
Sesión Ordinaria
del 14 de Abril de 2005)
R E S U E L V
E:
ARTÍCULO 1°.- Suspender
las elecciones en la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES previstas para el viernes
15 de abril de 2005, para la renovación de los representantes de los
Estamentos de Auxiliares de la Docencia, Personal de Apoyo Universitario,
Estudiantes y Graduados ante los Consejos Directivo, Superior y CIUNSa.
ARTÍCULO 2º.- Girar el
expediente de referencia al Consejo Directivo de la FACULTAD DE CIENCIAS
NATURALES, en virtud del Dictamen Nº 3 de la Comisión Coordinadora
Electoral.
ARTICULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Miembros de la Junta
Electoral General, Comisión Coordinadora Electoral, Facultad
de Ciencias Naturales, Junta Electoral de la Facultad de Ciencias Naturales,
Apoderados de listas, Sedes Regionales, Secretarias, Direcciones Generales,
Asesoría Jurídica, Centros de Estudiantes,
Consejo de Investigación y Dirección de Relaciones
Públicas,
Cumplido, siga al Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Naturales a sus
efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR
FDO.: Prof. Juan Antonio BARBOSA – Ing. Lorgio MERCADO FUENTES