SALTA, 4 de abril 2005
Expediente N° 2.510/99.-
RESOLUCIÓN CS Nº 066/05.-
VISTO estas actuaciones y en particular la Resolución CS Nº 030/00, mediante la cual el Consejo Superior autoriza a las dependencias de la Universidad a otorgar asignaciones complementarias remunerativas no bonificables al Personal de Apoyo Universitario por un período máximo de 6 (seis) meses por año, y
CONSIDERANDO:
El artículo 2º de la Resolución CS Nº 243/04, por el cual se amplía, en carácter de excepción, y hasta el 31 de agosto de 2004 el porcentaje para la percepción del referido adicional.
Que mediante resoluciones sucesivas se prorrogó el plazo de aplicación de este porcentaje del 60%, por lo que resulta conveniente fijarlo en forma definitiva.
Que, además, el personal PAU que realiza el Servicio Alternativo de Limpieza percibe este adicional en nivel de categoría 5 independientemente de su categoría de revista.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Hacienda, mediante Despacho Nº 57/05,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Tercera Sesión Ordinaria del 31 de marzo de 2005)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Modificar el Artículo 1º de la Resolución CS Nº 030/00, en el sentido de incrementar a un 60% el porcentaje allí establecido.
ARTÍCULO 2º.- Disponer que todo el Personal PAU afectado al Servicio Alternativo de Limpieza percibirá este adicional en las mismas condiciones establecidas en el Reglamento aprobado mediante Resolución CS Nº 030/00 y modificatorias, en un nivel categoría 5, independientemente de su categoría de revista.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, IEM, UAI, Asesoría Jurídica, Dirección de Presupuesto y Dirección General de Personal. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-
RSR.
FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI