SALTA, 08/03/05.-

Expediente N° 2.536/04.-

RESOLUCIÓN CS Nº 053/05.-

VISTO estas actuaciones por las cuales la Secretaria Académica, Prof. Marta Zulma Palermo, solicita al Consejo Superior se reglamente los trámites inherentes a la validez y alcance de los títulos que expide la Universidad Nacional de Salta; y

CONSIDERANDO:

Que este Cuerpo, mediante Resolución Nº 301/04, dispuso que una vez que el Consejo Superior emita resolución de creación de una carrera de grado, se inicie expediente en la Unidad Académica respectiva, con la finalidad de dar trámite a la solicitud de validez nacional y fijación de alcance de títulos de grado ante la Dirección Nacional de Gestión Universitaria; a la vez que todos los trámites inherentes a la consecución de lo dispuesto en el artículo precedente, estarán centralizados y serán ejecutados por la Secretaría Académica de la Universidad Nacional de Salta.

Que la Sra. Secretaria Académica solicita la elaboración de un instrumento legal que disponga que, a través de dicha dependencia, se llevarán a cabo los trámites de validez y alcance de títulos de grado ante la Dirección Nacional de Gestión Universitaria.

Que este Cuerpo encuentra atendible la solicitud formulada, correspondiendo, en consecuencia, dejar sin efecto la resolución citada en el párrafo anterior.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 030/05,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Segunda Sesión Ordinaria del 3 de marzo de 2005)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Derogar la Resolución CS Nº 301/04 y toda otra norma que se oponga a la presente.

ARTÍCULO 2º.- Disponer que, una vez que el Consejo Superior emita resolución de aprobación de plantes de estudios o sus modificaciones, la SECRETARÍA ACADÉMICA tramitará la validez nacional y fijación de alcance de títulos de grado ante la Dirección Nacional de Gestión Universitaria, sin que medie intervención alguna de la Facultad de origen.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Consejo de Investigación, Coordinación de Relaciones Internacionales y Posgrado y UAI, Asesoría Jurídica. Cumplido siga a Secretaría Académica a sus efectos.Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI