SALTA, 20/09/04.-
Expedientes Nº 2.505/98; 1.141/98 y 6.367/98
RESOLUCIÓN CS Nº 328/04.-
VISTO la nota de fecha 12/08/04, por la cual el Sr. Fiscal General de Investigaciones Administrativas, Dr. Guillermo Noailles, formula requerimientos en el marco del expediente FIA Nº 18.278/03, “UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA s/ supuestas irregularidades detectadas en el procedimiento vigente en materia de prestación de terceros”, y
CONSIDERANDO:
Que entre los requerimientos, el Fiscal Guillermo Noailles solicta a esta Universidad el estado procesal actualmente alcanzados con relación a los sumarios administrativos dispuestos mediantes sendas resoluciones del Consejo Superior Nº 506/98 y 106/04.
Que, asimismo, el Fiscal Noailles solicita se indique el monto del perjuicio fiscal, el que hasta el momento no pudo ser determinado por los organismos internos de esta Universidad.
Que obran en estas actuaciones informes de la SIGEN, por los cuales se observan supuestas irregularidades en la tramitación del Programa “Implementación de un Sistema de Contabilidad de Gestión y Costos para el Hospital San Bernardo- Decreto Nº 2.643/96 P.E.P. Salta”.
Que a los fines de dar cumplimiento a los requerimientos de la Fiscalía, este Cuerpo juzga conveniente autorizar a la Sra. Rectora a disponer los trámites pertinentes para ello.
POR ELLO:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Decimotercera Sesión Ordinaria del 9 de setiembre de 2004)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Sra. Rectora a solicitar las auditorías jurídicas y contables necesarias para aclarar el presunto perjuicio fiscal y eventuales responsabilidades.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Secretarías, Direcciones Generales, Asesoría Jurídica, Unidad de Auditoría Interna, SIGEN, Fiscalía General de Investigaciones Administrativas Nº 3 y C.P.N. Roberto M. Rodríguez. Cumplido, siga a Rectorado a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.
RSR
FDO.: PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI