SALTA, 19 AGOSTO 2004

Expediente N° 2.541/02.-

RESOLUCIÓN CS Nº 302/04.-

VISTO las presentes actuaciones por las cuales Secretaría Académica de la Universidad pone a consideración los trámites relacionados con la valoración de las incumbencias de los títulos que otorga la Universidad Nacional de Salta, y

CONSIDERANDO:

La Resolución CS Nº 215/02, por la cual el Consejo Superior manifestó la preocupación de la Universidad, ante el contenido del “Manual de Competencias de Títulos de la Provincia de Salta”, Resolución Nº 1536/02 del Ministerio de Educación, por entender que afecta los espacios laborales y de incumbencias de los graduados en nuestra Universidad.

Que según consta en el expediente de referencia, la Secretaría Académica realizó trámites para conformar una comisión Ad-Hoc para analizar el Manual de Competencias citado.

Que dicha Secretaría informa que la Comisión Ad-Hoc no logró constituirse, en tanto los representantes designados por las Facultades no asistieron a las reuniones convocadas; y sólo se pudo trabajar con los miembros propuestos por la Facultad de Humanidades, quienes formularon un documento que corre agregado en el expediente.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 170/04,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Undécima Sesión Ordinaria del 12 de agosto de 2004)

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Solicitar a la SECRETARÍA ACADÉMICA la constitución de una Comisión con representantes de todas las Facultades a efectos de realizar un análisis exhaustivo del Manual de Competencias de Títulos, instituido por Resolución Nº 1536/02 del Ministerio de Educación de la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 2º.- En el entendimiento que los títulos emitidos por la Universidad Nacional de Salta se inscriben en la normativa de competencia de títulos del Ministerio de Educación de la Nación, esta Universidad sostiene la vigencia de la mencionada normativa y la compatibilidad con los ámbitos institucionales provinciales para el ejercicio profesional docente de sus egresados.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sra. Rectora, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías, Consejo de Investigación, Coordinación de Relaciones Internacionales y Posgrado y Asesoría Jurídica. Cumplido siga a Secretaría Académica a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta universidad.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI