SALTA,
06 AGOSTO 2004
Expediente
N° 910/97.-
RESOLUCIÓN
CS N° 281/04
VISTO estas actuaciones por las cuales la empresa GASNOR SA solicita prórroga del contrato de pasantías de las alumnas Laura Estela Seco y María Gabriela Márquez, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Rectoral N° 809/03, homologada por Resolución CS N° 128/04, ya se ha concedido prórroga de contratación de las mencionadas alumnas.
Que la empresa solicitante no explicita el plan de actividades desarrollado o ha desarrollarse que justifique una nueva prórroga de contrato.
Que el Reglamento de Pasantías de esta Universidad establece en su artículo 1° del Anexo: “Se denomina pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo en el ámbito de empresas u organismos públicos o privados, en los cuales los alumnos realizarán residencias programadas u otras formas de prácticas supervisadas relacionadas con su formación y especialización, llevadas a cabo bajo la organización y control de las unidades educativas...”
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propios y atentos a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 087/04,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Décima Sesión Ordinaria del 29 de julio de 2004)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Denegar la solicitud formulada por la Empresa GASNOR S.A., por las razones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.-
Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades de Ingeniería
y de Ciencias Económicas, Secretarías Administrativa y
de Cooperación Técnica y Asesoría Jurídica.
Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos.
Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta
universidad.
RSR
FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – ING. STELLA M. PÉREZ DE BIANCHI