SALTA, 28 MAYO 2004
Expediente N° 2.525/04.-

RESOLUCIÓN CS N° 156/04

VISTO el proyecto presentado por los Centros de Estudiantes de Ingeniería y Cs. de la Salud, y

CONSIDERANDO:

Que se esta desarrollando la campaña para la creación de un marco regulatorio de Gas Envasado (Gas Licuado de Petróleo) con el fin de controlar el fraccionamiento y comercialización de este recurso, centrando sus acciones en la protección de los consumidores del gas envasado.

Que se espera que el Congreso de la Nación apruebe esta ley que espera ser tratada desde hace 12 años, mientras vecinos de distintos puntos de la provincia siguen sumando sus firmas para empujar este proyecto legislativo que ponga fin a un vacío legal que tornó aL gas envasado inaccesible: la garrafa de 10 kilos, que antes de la devaluación costaba $ 10,oo, pasó a valer $ 28,oo.

Que en este contexto, a mediados de 2003, el Centro Vecinal de Bº Mosconi emprendió una campaña de firmas que contó con la colaboración inicial de varios centros vecinales de la capital salteña y que se trasladó a diversos Municipios de la Provincia de Salta y del país.

Que los sectores mas desprotegidos de la población y de menores recursos son los usuarios de este vital elemento.

Que son muchos los integrantes de la comunidad universitaria y sus familias que usan el Gas Envasado y que sufren las consecuencias de un precio elevado del mismo.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Sexta Sesión Ordinaria del 27 de mayo de 2004)

R E S U E L V E :

ARTÍCULO 1º.- Solicitar la rebaja del precio de Gas Envasado (Gas Licuado de Petróleo) por lo menos en un 50% o más.

ARTÍCULO 2º.- Solicitar la creación de un ente Regulador para el Gas Envasado, con facultades `para controlar el precio, calidad, peso, seguridad y todo lo relacionado al mismo.

ARTÍCULO 3º.- Solicitar la creación de una Comisión de Seguridad integrada por consumidores para que inspeccione a dicho Ente, de manera de garantizar la transparencia del mismo.

ARTÍCULO 4º.- Adherir a la campaña de recolección de firmas que están llevando a cabo los Centros de estudiantes y los Centros vecinales de la provincia de Salta, con los objetivos explicitados anteriormente.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, Secretarías, Centros de Estudiantes, C.I.N., F.U.A., Cámaras de Diputados y Senadores de la provincia de Salta y de la Nación. Cumplido, manténgase en reserva en la Secretaría del Consejo Superior.-
RSR

FDO.: Prof. Juan Antonio BARBOSA – Ing. Stella PEREZ DE BIANCHI