SALTA, 07/05/04.-
Expediente N° 6.226/03.-
RESOLUCIÓN CS Nº 140704.-
VISTO estas actuaciones por las cuales el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales solicita al Consejo Superior la contratación del Cr. Antonio GEA, en el cargo de Profesor Titular con dedicación semiexclusiva por el término de un año; y
CONSIDERANDO:
Que se solicitó el informe respectivo a la Dirección General de Personal.
Que a este respecto, la mencionada dependencia informa:
“Fecha de nacimiento: 26-01-29.
Cargo y dedicación que actualmente revista: Profesor Titular con dedicación exclusiva, designado regular por Res. CS 027/89 a partir del 9-02-89, con vencimiento de regularidad el 9-02-94, sin que se registre resolución alguna o prórroga.
Situación de revista a partir que el agente cumplió los 65 años: En la misma situación que la detallada en el punto anterior, habiéndose comunicado el vencimiento de regularidad y reclamado resolución al respecto, sin respuesta alguna, se adjunta fotocopias de notas de fs. 7 a 9.
Percepción de jubilación: Jubilado desde el 01-09-86.
Desde el 01-05-89 presenta nota de la Caja Previsión Social donde comunica que se suspende el haber jubilatorio; percibe desde esa fecha, la antigüedad total en esta Universidad; posteriormente, por nota de fecha 27-10-03 ANSES comunica que el Cr. Gea percibió haberes jubilatorios sin ningún tipo de interrupción y/o suspensión, desde el mensual Enero/88 hasta la fecha. Por tal razón se suspende el pago de la antigüedad, trámite que corre por Expte. Nº 1468/03.“
Que asimismo, Dirección de Personal solicitó información a la ANSES, que verificó la percepción indebida del adicional por antigüedad, desde enero de 1988, el que según los cálculos de la Unidad de Auditoría Interna alcanzaría la suma de $ 369.293,36.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 090/04,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Cuarta Sesión Extraordinaria del 29 de abril de 2004)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Que en virtud que el Cr. Antonio GEA se encuentra incompatible desde el 01-09-86, no autorizar su contratación.
ARTÍCULO 2º.- Solicitar a la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales se de urgente trámite al expediente Nº 1468/03.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Económicas, Dirección General de Personal, Cr. Gea y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la mencionada Facultad a sus efectos.-
RSR
FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VÍCTOR OMAR VIERA