SALTA, 29/12/03.-
Expediente Nº 11.036/03
RESOLUCION CS 456/03
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Dirección de la Escuela de Biología eleva propuesta del nuevo Plan de Estudios de la Carrera de Profesorado en Ciencias Biológicas de la Facultad de Ciencias Naturales, y
CONSIDERANDO:
Que
la propuesta fue analizada por el Consejo Directivo de la mencionada unidad
académica, quién mediante Resolución Nº 0394/03 resolvió su aprobación con el
nombre de PROFESORADO EN CIENCIAS BIOLÓGICAS Y NATURALES.
Que
el mencionado Plan de Estudios fue elaborado por una Comisión Ad-hoc integrada
por las profesionales Margarita Gil de Marrupe y Virginia Martínez, dando
respuesta así a los lineamientos fijados por el CIPEB, Ley Federal de Educación
y Ley de Educación Superior.
Que
este Cuerpo, luego del análisis integral efectuado al citado Plan de Estudios,
acuerda la siguiente denominación de la Carrera: PROFESORADO EN CIENCIAS BIOLÓGICAS.
Que el Artículo 113, inc. 6) del Estatuto Universitario establece que es atribución de los Consejos Directivos aprobar los proyectos de planes de estudio de las carreras de grado y posgrado y sus modificaciones y elevarlos al Consejo Superior para su ratificación.
Que asimismo, conforme a lo dispuesto por el Artículo 100, inc. 8) -primer párrafo- del Estatuto de esta Universidad, es atribución del Consejo Superior crear o modificar, en sesión especial convocada al efecto y con el voto de los dos tercios de los miembros presentes, las carreras universitarias de grado y posgrado, a propuesta de las Facultades.
Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 302/03.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su 18º Sesión Especial del 11 de Diciembre de 2003)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- Ratificar y poner en vigencia el nuevo Plan de Estudios de la Carrera de PROFESORADO EN CIENCIAS BIOLÓGICAS en el ámbito de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, identificado como “Plan de Estudios 2004“, cuyos lineamientos académicos obran como Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Secretaría Académica, Facultad de Ciencias Naturales y Dirección de Control Curricular. Cumplido, siga a esta última dependencia a sus efectos.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA