SALTA, 27/11/03.-

Expediente Nº 10.456/03

 

RESOLUCION CS 373/03

 

VISTO la solicitud de la Prof. Margarita Gil de Marrupe, relacionadas con el Articulo 6°, inciso. b) del Régimen de Incompatibilidad, Res. CS Nº 420/99, y

 

CONSIDERANDO:

Que existen convenios con el Ministerio de Educación de la Provincia, aprobado por Decreto Nº 1919/96 Y actualizado y modificado en fecha 09-10-02, y que por Resolución Rectoral Nº 161/03, se ha prorrogado el Convenio Marco entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la Universidad, cuyo texto original obra en la Resolución Rectoral Nº 542/96.

Que la docente solicita el cumplimiento de 8 horas adicionales a su dedicación exclusiva para realizar funciones de docencia en establecimientos dependientes de la Dirección de Enseñanza Superior de la Provincia y como docente en investigación relacionada con las Ciencias Biológicas.

Que las actividades a realizar están estrechamente relacionadas con objetivos y actividad que realiza la docente en la Facultad de Ciencias Naturales, lo que redundará en beneficio institucional que enriquece la articulación con otros niveles de enseñanza.

Que el artículo 6° b) de la Resolución Nº 420/99 faculta a los Consejos Directivos a realizar las excepciones cuando mediaren convenios y que el Convenio aprobado por Res. 542/96 cubre los requisitos reglamentarios.

Que no se considera necesario un protocolo específico y hay antecedentes en sucesivas resoluciones del Consejo Superior, como por ejemplo la Nº 193/02 (expediente. 4198/02) y la recaída en expediente. 4.123/02, entre otras.

Que la Prof. Gil de Marrupe se desempeña como Profesora Adjunta del Módulo V - ­Taller IV Práctica Docente.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento mediante Despacho Nº 053/03,

 

El CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 12° Sesión Extraordinaria del 20 de noviembre de 2003)

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º.- Interpretar que el Consejo Directivo de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES, en el marco del artículo 6° - inciso b) de la Resolución CS. Nº 420/99, podrá autorizar la excepción solicitada (a término) si lo considera pertinente.

 

ARTICULO 2º.- Establecer que la docente peticionaria deberá presentar en Dirección General de Personal, en el plazo de 48 horas de recibida la presente, copia de la declaración jurada de cargos rubricada por autoridad competente.

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Naturales, Dirección General de Personal y Prof. Gil de Marrupe. Cumplido, siga a la mencionada Facultad a sus efectos.-

 

RSR

 

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA