SALTA, 27 NOVIEMBRE 2003

Expediente N° 921/03.-


RESOLUCION CS Nº 363/03

VISTO las presentes actuaciones y la consulta realizada por la Secretaria Académica de la Universidad, respecto de la vigencia de la Resolución CS Nº 963/88 que obliga a los Sres. Secretarios de la Universidad a elevar un informe anual de su gestión, y

CONSIDERANDO:

El Estatuto de la Universidad Nacional de Salta y la Resolución CS Nº 963/88.

Que el Sr. Rector realizará su informe anual ante la Asamblea Universitaria de la forma que le resulte conveniente.

Que el Consejo Superior tiene potestad de solicitar los informes que crea necesario con fines informativos.

Que los informes a que se hace referencia precedentemente no se encuadran en el artículo 100 inc.) 26 y 27, ya que tienen otra motivación y alcances.

Que no se encuentra ninguna incoherencia al respecto, tal como lo que plantea la Secretaria Académica.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 055/03,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 18º Sesión Ordinaria del 13 de noviembre de 2003)

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Ratificar la Resolución CS Nº 963/88, teniendo en cuenta que el informe anual a que hace mención tiene el carácter de informativo para el Consejo Superior y la comunidad universitaria, y se juzga conveniente que se continue con los informes anuales de gestión por parte de las Secretarías de la Universidad a pesar que las designaciones de los Secretarios se realizan a propuesta del Sr. Rector.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, IEM, Secretarías y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Rectorado a sus efectos.-


RSR

FDO: Prof. Juan Antonio BARBOSA – Dr. Victor Omar VIERA