SALTA, 19 NOV. 2003
 
 
VISTO las disposiciones contenidas en el inciso a)
del Artículo 182 deI Estatuto de esta Universidad, aprobado por Resolución A.U.
N0 001/96 y publicado en el Boletín Oficial de la Nación N0 28485
de fecha 24-09-96, y
 
CONSIDERANDO:
 
Que corresponde renovar el mandato de los
consejeros representantes por los Estamentos de Profesores, Estudiantes, y
Graduados. 
 
Que, asimismo, en virtud de lo establecido en los
Artículos 102, 115, 145 y 150 de la normativa precedentemente indicada,
corresponde también proceder a la elección de las fórmulas de Rector – Vice
Rector de la Universidad, Decanos y Vicedecanos de las distintas Facultades.
 
           POR
ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
 
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
R E S U E L V E:
 
ARTÍCULO 1°. Convocar a Elecciones Ordinarias para
el 16 de Abril de 2004, con el fin de elegir la fórmula de Rector-Vicerrector,
Decano-Vicedecano y los representantes de los Estamentos de Profesores,
Estudiantes, y Graduados, ante los Consejos Directivos y Superior de esta  Universidad.
 
ARTÍCULO 2°. Establecer el siguiente Cronograma
Electoral:
 
| 
   Actividad  | 
  
  Fechas
   | 
 
| 
   Período
  de Inscripción de Graduados  | 
  
   Hasta el 12/03/2004  | 
 
| 
   Confección de Padrones Provisorios de Profesores,
  Auxiliares de la Docencia, Estudiantes, Graduados y P.A.U. y del listado de
  electores que en principio figuran en dos padrones y deben optar por uno de
  ellos  | 
  
     19/03/2004   | 
 
| 
   Publicidad (período de tachas e inclusiones)  | 
  
   Desde
  el 19/03/2004  hasta el 26/03/2004  | 
 
| 
   Emisión y Publicación de Padrones
  Definitivos de Profesores, Auxiliares de la Docencia, Estudiantes, Graduados
  y P.A.U., distribuidos por mesas  | 
  
   30/03/2004  | 
 
| 
   Recepción de Listas de Candidatos y avales  | 
  
   Hasta hs. 19,00 deI 01/04/2004  | 
 
| 
   Oficialización de Listas  | 
  
   02/04/2004  | 
 
| 
   Cierre de Campaña Electoral  | 
  
   14/04/2004 a horas 08,00  | 
 
| 
   Acto Eleccionario  | 
  
   16/04/2004 de hs 08,00 a 19,00  | 
 
| 
   Impugnaciones
  al Acto Eleccionario  | 
  
   Hasta hs. 19,00 deI 19/04/2004  | 
 
| 
   Expedición
  de Juntas Electorales y Proclamación de Candidatos Electos en Primera Vuelta  | 
  
     20/04/2004  | 
 
| 
   Eventual
  Segunda Vuelta  | 
  
   23/04/2004  | 
 
| 
   Expedición
  de Juntas Electorales y Proclamación de Candidatos Electos en Segunda Vuelta  | 
  
   30/04/2004  | 
 
| 
   Posesión
  de: Decanos y Vicedecanos de Facultad de Ciencias Naturales, Ingeniería,
  Ciencias Económicas y Humanidades y Consejeros Electos  | 
  
   30/04/2004  | 
 
| 
   Posesión
  de: Rector y Vicerrector, Decanos y Vicedecanos de Facultad de Ciencias
  Exactas y Ciencias de la Salud  | 
  
   11/05/04  | 
 
 
ARTÍCULO 3°. Designar la COMISIÓN COORDINADORA
ELECTORAL, la que estará integrada por:
 
| 
   TITULARES  | 
  
   SUPLENTES  | 
 
| 
   1. 
  Abog. Gloria
  BARRANDEGUY  | 
  
   1. 
  Prof. Mario
  CEJAS  | 
 
| 
   2. 
  Ing. Emilio
  SERRANO  | 
  
   2. 
  Prof. María
  Rosa PERCELLO  | 
 
| 
   3. 
  T.U.A.P.
  Roberto Silvio RODRÍGUEZ  | 
  
   3. 
  Prof. María
  Teresa ÁLVAREZ de FIGUEROA  | 
 
| 
   4. 
  Dr. Horacio
  Marcelo DE LA SERNA  | 
  
   4. 
  Cr. Héctor
  Alfredo FLORES  | 
 
| 
   5. 
  Abog. Raquel
  Ruth BARROS  | 
  
   5. 
  Ing. Diego
  SARAVIA ALIA  | 
 
 
ARTÍCULO 4°. Designar a la JUNTA ELECTORAL
GENERAL, la que estará integrada por:
 
| 
   TITULARES  | 
  
   SUPLENTES  | 
 
| 
   1. 
  Ing. Sergio
  REYES  | 
  
   1. 
  Lic. Claudio
  MAZA  | 
 
| 
   2. 
  Ing.
  Fernando TILCA  | 
  
   2. 
  Ing. Julio
  Raúl DELIZIA  | 
 
| 
   3. 
  Sra. María
  Victoria CARRAL COOK  | 
  
   3. 
  Prof. Martha
  BOTTO de POCOVI  | 
 
| 
   4. 
  Abog..
  Raquel M. DE LA CUESTA de GALLO  | 
  
   4. 
  Juan Antonio
  BARBOSA  | 
 
| 
   5. 
  Abog.
  Guadalupe SOLER  | 
  
   5. 
  Lic.
  Elizabeth MATUS  | 
 
 
ARTICULO 5°. Determinar que los Consejos
Directivos de las Facultades deberán designar sus respectivas Juntas
Electorales hasta el 19 de diciembre del 2.003.
 
ARTICULO 6°. Establecer que la condición necesaria
para ser considerado Estudiante Regular es haber aprobado por lo menos 2 (dos)
asignaturas en el periodo comprendido entre el 15 de marzo de 2.003 y el 14 de
marzo del 2004.
 
ARTICULO 7°. Comuníquese con copia a: Sr. Rector,
Miembros de la Junta Electoral General, 
Comisión Coordinadora Electoral, Facultades, Sedes Regionales,
Institutos de Educación Media, Secretarias, 
Direcciones Generales, Asesoría Jurídica, Centros de Estudiantes,
F.U.Sa., A.P.U.N.Sa, A.D.I.U.N.Sa., Consejo de Investigación y Dirección de
Relaciones Públicas, Cumplido, siga a la Junta Electoral General a sus
efectos.-
Fdo. Prof. Juan A. BARBOSA – Sec. Consejo Superior
Fdo. Dr. Víctor Omar VIERA - Rector