SALTA,17 Noviembre 2003

Expediente N° 21.020/01.-

RESOLUCION CS Nº 328/03

VISTO las presentes actuaciones y la Resolución CS Nº 182/03, a través de la cual se aprueba el REGLAMENTO DE INCOMPATIBILIDAD para el personal de los Establecimientos Preuniversitarios de esta Universidad, y

CONSIDERANDO:

Que el Anexo I del Despacho Nº 021/03 de Comisión de Interpretación y Reglamento aprobado por este Cuerpo, consigna en su Artículo 4º, inc. b) "20 horas de dedicación semanal..." (fs. 44 de las actuaciones de referencia), producto de correcciones manuscritas realizadas.

Que se advierte una incongruencia en el Artículo 4º, inc. b) del texto del mencionado Reglamento, debiéndose fijar que los docentes que no superen las 40 horas de dedicación semanal en esta Universidad, podrán acumular otros cargos fuera de ella hasta un máximo de 60 horas semanales en total.

Que el mencionado inciso tiene su base en la equivalencia con el Régimen de Incompatibilidad para el Personal Docente de esta Universidad, aprobado por Resolución CS Nº 420/03.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde la modificación del inciso mencionado.

POR ELLO, en uso de sus atribuciones y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 080/03,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 18º Sesión Ordinaria del 13 de noviembre de 2003)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1º.- Sustituir el texto del Artículo 4º, inc. b) del Anexo I – Resolución CS Nº 182/03 (Régimen de Incompatibilidad de los Establecimientos Preuniversitarios de esta Universidad), por el siguiente:

"Los docentes de los Establecimientos Preuniversitarios que no superen las 40 horas reloj de dedicación semanal en cualquier ámbito de esta Universidad, podrán acumular otros cargos fuera del mismo, cualquiera sea su índole, hasta un máximo de 60 horas semanales en total"


ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Institutos de Educación Media, Dirección General de Personal, UAI y Asesoria Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.-


RSR


FDO: Prof. Juan Antonio BARBOSA – Graciela LESINO