SALTA,
31/10/03.-
Expediente
Nº 1.084/98
RESOLUCION CS 316/03
VISTO estas actuaciones y la Sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, de fecha 27 de marzo de 2003, recaída en los autos caratulados: PÉREZ DE AGUILERA, AMELIA y LÓPEZ, MOISÉS S/IMPUGNACIÓN ARTICULO 32 DE LA LEY 24.521, Expediente Judicial Nº 227/01, y
CONSIDERANDO:
Que este Cuerpo, mediante Resolución CS Nº 211/03, de fecha 19/08/03, resolvió Acatar dicha sentencia.
Que se juzga necesario contar con una Asesoría Jurídica Externa para analizar y aconsejar con relación al trámite a seguir con el expediente de referencia y la mencionada Sentencia.
Que en este sentido, se analizaron los currículum presentados por los abogados: Dr. Raúl Alí Saker; Dra. Alejandra Rodríguez; Dra. Patricia O'Connor y Dr. Humberto Alias D'Abate; considerándose a este último como el más adecuado para el cumplimiento de dicho asesoramiento.
Que, en consecuencia, corresponde que a través de Sr. Rector se proceda a realizar los trámites pertinentes para formalizar la relación contractual con el mencionado profesional.
POR ELLO Y atento a lo aconsejado por las Comisiones de Interpretación y Reglamento y de Docencia, Investigación y Disciplina de este Cuerpo,
El CONSEJO SUPERIOR DE lA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su 17º Sesión Ordinaria del 30 de agosto de 2003)
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Contratar los servicios profesionales del Dr. Humberto ALIAS D'ABATE, DNI Nº 7.221.069, para efectuar el asesoramiento jurídico referente al expediente Nº 1084/98.
ARTICULO 2º.- Disponer que a través de Rectorado se formalizará la relación contractual entre el Dr. ALIAS D'ABATE Y esta Universidad.
ARTICULO 3º.- Comuníquese con copia a, Sr. Rector, Secretaría Administrativa, Dirección General de Administración, Dr. ALIAS D'ABATE Y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Rectorado a sus efectos.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – DRA. GRACIELA LESINO