SALTA,
30 octubre 2003
Expediente Nº 2.543/03.-
RESOLUCIÓN
CS Nº 315/03
VISTO la presentación
efectuada por la FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE SALTA (FUSa),
solicitando se defina claramente a quiénes se considera
Estudiantes de la Universidad Nacional de Salta, y
CONSIDERANDO:
Que
el Estatuto Universitario establece en su artículo 37: "Son
estudiantes aquellas personas que se encuentren realizando estudios
de grado en las distintas Unidades Académicas. El Consejo
Superior norma las condiciones de inscripción, permanencia y
promoción. Pueden revistar en una de las siguientes
categorías: a) Regulares; b) Libres; c) Vocacionales."
Que
este Cuerpo, en sucesivas resoluciones, estableció condiciones
para que un estudiante sea considerado regular, sólo
aplicables con fines electorales.
Que en este sentido, se
interpreta que para integrar padrones electorales en el ámbito
universitario, es necesario ser estudiante de carreras de grado
creadas por el Consejo Superior.
Que corresponde interpretar
también la situación de los alumnos de los Trayectos de
Articulación y Actualización Disciplinar y Postítulos
de esta Universidad, respecto de su posibilidad de integrar padrones
electorales en todo el ámbito universitario.
POR ELLO y
atento al tratamiento sobre tablas,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su 17º Sesión Ordinaria del 30 de octubre de 2003)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- Establecer que para ser considerado ESTUDIANTE de esta Universidad, en el marco de los Artículos 37, 38 y 43 del Estatuto Universitario y de las Resoluciones del Consejo Superior, se deberá revestir el carácter de estudiante de carreras de grado creadas por el Consejo Superior.
En consecuencia, las personas que se encontraran realizando Trayectos de Articulación o Postítulos en esta Universidad (en el marco del Artículo 8º de la Ley de Educación Superior), quedarán excluidos de integrar padrones electorales en el ámbito de esta Casa de Estudios.
ARTÍCULO
2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades,
Sedes Regionales, Secretarías, Direcciones Generales, Asesoría
Jurídica, Dirección de Estadísticas, FUSa. y
Centros de Estudiantes. Cumplido, resérvese en Secretaría
del Consejo Superior.-
RSR
Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA
Dra. Graciela LESINO