SALTA, 26 JUNIO 2003

Expediente N° 784/98.-

RESOLUCIÓN CS Nº 141/03.-

VISTO las presentes actuaciones y las resoluciones Nº 094/99 y 095/99 del Consejo Superior, y

CONSlDERANDO:

Que mediante la Resolución CS Nº 094/99 se posibilita la articulación de los Institutos de Enseñanza Superior no Universitaria (IESnU), de formación técnico-profesional, con carreras de Grado de esta Universidad que se consideren pertinentes, así como la reconversión de los estudios concluidos mediante la realización de Trayectos de Actualización Disciplinar.

Que, asimismo, por Resolución CS Nº 095/99 se recomienda a las Unidades Académicas de esta Universidad instrumentar propuestas de Articulación para la Actualización Disciplinar y los Estudios de Licenciatura de los egresados con formación docente en los IESnU, las que deberán elaborarse siguiendo los lineamientos generales consignados en el Anexo I.

Que en el Capítulo II: Criterios Académicos se fijan las condiciones que deben reunir los aspirantes a realizar los Cursos de Actualización Disciplinar.

Que por el inciso c) del citado Capítulo se estableció que pueden acceder aquellos postulantes cuya fecha de egreso sea anterior al 30 de abril de 2000.

Que dicha fecha ha sido superada por los proyectos aprobados con posterioridad, lo que hace aconsejable su modificación.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 076/03,



EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Novena Sesión Ordinaria del 19 de junio de 2003)

R E S U E L V E :



ARTÍCULO 1.- Modificar el inciso c) del punto 2.- Capítulo II: Criterios Académicos del Anexo I de la Res. CS Nº 095/99, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“c) que la fecha de egreso del postulante sea anterior a la fecha de inscripción en el trayecto”.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, I.E.M., Secretarías, Direcciones Generales, Centros de Estudiantes y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la Facultad de Ingeniería para su toma de razón y demás efectos.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA – DRA. GRACIELA LESINO