SALTA,
26/05/03.-
Expediente
Nº 2.523/02
RESOLUCION CS 116/03
VISTO que los días 15 y 21 del corriente se realizaron sendas asambleas estudianti1es en la Facultad de Humanidades para tratar la problemática del transporte, y e en la misma se resolvió establecer un Plan de Lucha a fines de obtener la extensión del recorrido del corredor 7 "A" hasta el predio universitario y el establecimiento de un Boleto Estudiantil Único a un costo de $0,30, y
CONSIDERANDO:
Que la crisis estructural que atraviesa la población implica serias dificultades para poder acceder a los estudios universitarios, representando justamente el costo del transporte un importante factor prohibitivo en torno a esto.
Que la realidad ha demostrado que las empresas de transporte pueden funcionar con un Boleto inferior a $0,90.
Que el gobierno subsidia el combustible a las empresas a un costo bastante inferior al del mercado.
Que las empresas de transporte han acumulado y siguen acumulando enormes ganancias, ahora bajo un régimen oligopólico llamado de "Corredores".
Que a pesar de esta situación, la Empresa Alto Molino, concesionaria del Corredor 7 "A", fijó un Boleto Universitario a un costo de $0,36.
Que la problemática no es exclusiva de los estudiantes del nivel universitario, sino de todos los sectores estudiantiles, ya que a partir de 8° año de EGB debe abonarse un abono que oscila entre $0,50 y $0,60.
POR ELLO y atento al tratamiento sobre tablas,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDIAD NACIONAL DE SALTA
(en su Séptima Sesión Ordinaria de1 22 de mayo 2003)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Adherir a la Resolución de la Asamblea de Estudiantes de Humanidades, GESTIONANDO por medio del Sr. Rector ante las empresas "Transal", "Ale Hnos." y "Alto Molino", un acuerdo entre las mismas a fin de lograr la extensión del Corredor 7 "A" hasta las puertas del predio universitario.
ARTÍCULO 2º.- Solicitar al Consejo Deliberante de la Ciudad de Salta el establecimiento de un Boleto Estudiantil Único para todos los niveles educativos, a partir del 8° de EGB a $0,30, realizando en ese sentido todas las gestiones que sean pertinentes.
ARTICULO 3º.- Dar a la presente la más amplia difusión. Cumplido, siga al Sr. Rector a sus efectos.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA