SALTA,
26/05/03.-
Expediente
Nº 4.2545/03
RESOLUCION CS 108/03
VISTO las presentes actuaciones por las cuales el alumno Pedro ANAGUA CHUMACERO tramita prórroga para la presentación del Certificado de Reválida del Título Secundario, y
CONSIDERANDO:
Que fundamenta su pedido en razones ajenas a su voluntad imposibilitan la presentación de dicha documentación en el plazo establecido por la normativa vigente.
Que el alumno demostró buen rendimiento académico durante el cursado de la carrera Ciencias de la Educación en la FACULTAD DE HUMANIDADES.
Que por tal motivo, el Consejo Directivo de la mencionada Unidad Académica, mediante Resolución Nº 450/03, avala el pedido formulado por el peticionario y solicita al Consejo Superior el otorgamiento de dicha prórroga.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 058/03,
El CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Séptima Sesión Ordinaria del 22 de mayo de 2003)
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Otorgar al alumno Pedro ANAGUA CHUMACERO, LU Nº 705657, prórroga hasta el 31 de diciembre de 2003, para la presentación del Certificado de Reválida de Estudios Medios Extranjeros en el Departamento de Alumnos de la Facultad de Humanidades
ARTICULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Secretaría Académica, alumno mencionado y Facultad de Humanidades. Cumplido, siga a la mencionada Unidad Académica a sus efectos.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA