SALTA, 8 MAYO 2003

Expediente Nº 2.516/03.-

RESOLUCIÓN CS Nº 089/03.-

VISTO la detención de dirigentes del norte de la provincia, relacionada con procesos penales iniciados en su contra por la realización de actos de protesta, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Superior debatió acerca del tema.

Que la emergencia social y económica, puesta en evidencia desde hace varios años en el departamento San Martín, se torna cada vez más grave y diversos indicadores demuestran su profundización y son, en consecuencia, motivadores de las protestas de diversos sectores populares.

Que la Universidad Nacional de Salta participó y generó diversos proyectos en la zona, con el interés de colaborar en tan difícil situación.

Que al mismo tiempo, observa que a nivel general y, en especial, en las zonas de mayor conflicto del país, existe una tendencia a la penalización de la protesta social, generándose un escenario cada vez mas preocupante, dado que se produce una combinación entre un esquema de índole represivo y un modelo socio-económico excluyente de múltiples sectores de la sociedad.

Que se considera vital la necesidad de creación urgente de fuentes de trabajo en la zona, valorando explícitamente que el trabajo se visualiza como la solución más eficaz a los problemas de la castigada región de nuestra provincia.

Por ello y atento al tratamiento sobre tablas,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA:

(en su Quinta Sesión Ordinaria del 30 de Abril de 2003)

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.- Solicitar a la Justicia la inmediata libertad de los luchadores sociales procesados y detenidos por supuestos delitos relacionados con sus reclamos y acciones.


ARTÍCULO 2º.- Solicitar a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación que se garanticen los derechos constitucionales de los ciudadanos argentinos, en especial a lo referido a las libertades individuales y el derecho al trabajo.

ARTÍCULO 3º.- Dar a la presente la mayor difusión en todos los ámbitos. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA Y DR. VÍCTOR OMAR VIERA