SALTA, 8 MAYO 2003

Expediente N° 10.023/02.-

RESOLUCIÓN CS Nº 081/03.-

VISTO las presentes actuaciones y la Resolución Rectoral Nº 214/02 por la cual se aprueba el Contrato de Consultoría, a través de la Cátedra de Agroecología de la Facultad de Ciencias Naturales, suscrito entre esta Universidad y la Administración de Parques Nacionales, y


CONSIDERANDO:


Que en su oportunidad, la responsable del Proyecto que se desarrolla en el marco del Acuerdo firmado, solicitó la eximición de la retención prevista en el Reglamento sobre Prestación de Servicios de la U.N.Sa., que será utilizado para producir un bien inventariable y de propiedad de la Universidad.


Que al respecto, cabe transcribir el artículo 26 del Reglamento citado: "El 20% de los fondos percibidos por la prestación de servicios será distribuido como sigue: 6% para las partidas que decidan las autoridades de la unidad ejecutora, 4% a Rectorado con destino a solventar los gastos de difusión y gestación de nuevos proyectos de prestación de servicios y 10% a disposición del Consejo Superior destinado a promover actividades de docencia, investigación y extensión en todas aquellas áreas que no cuenten con posibilidades de financiamiento autónomo..."


Que en consecuencia, este Cuerpo sólo tiene atribuciones para eximir la retención del 10% previsto; la cual se concretará por cuanto encuentra atendible los fundamentos expuestos por el responsable del proyecto.


Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 028/03,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Quinta Sesión Ordinaria del 30 de abril de 2003)

R E S U E L V E :


Artículo 1º.- Hacer lugar a la eximición de la retención del 10% previsto en la Resolución CS Nº 433/90, con relación a las actividades previstas en el Contrato suscrito con la Administración de Parques Nacionales y su enmienda.


ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ciencias Naturales, Dra. Sandra CAZIANI, Secretaría Administrativa, Dirección de Contabilidad y Tesorería General. Cumplido, siga a Secretaría Administrativa a sus efectos.-

RSR

FDO: PROF. JUAN A. BARBOSA Y DR. VÍCTOR OMAR VIERA