SALTA, 10 abril 2003
Expediente N° 4.700/02.-
RESOLUCIÓN CS Nº 053/03..-
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Facultad de Humanidades tramita la solicitud de usufructo de Año Sabático interpuesta por el Lic. José Miguel NAHARRO, profesor regular de la citada Facultad, y
CONSIDERANDO:
Que el Lic. NAHARRO, durante dicho beneficio, prevé culminar con la redacción de su Tesis Doctoral, correspondiente al Programa de Doctorado Relaciones Interétnicas en América Latina: Pasado y Presente - Departamento de Antropología Social de la Facultad de Geografía e Historia de la UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA).
Que el Consejo Directivo de la mencionada Facultad, mediante Resolución Nº 116/03, resolvió avalar el pedido formulado y solicita a este Cuerpo dar curso favorable al mismo, conforme a las disposiciones contenidas en el reglamento vigente y en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 20 del Estatuto de la Universidad.
Que se dió cumplimiento a los requisitos establecidos en los Artículos 4º y 6º del Reglamento aprobado por Resolución CS Nº 472/89.
Por ello, atento al tratamiento sobre tablas y lo aconsejado por la Comisión de Docencia, mediante Despacho Nº 30/03,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en Cuarto Intermedio de la 3ra. Sesión Ordinaria del 3 de abril de 2003)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar al Lic. José Miguel NAHARRO, D.N.I. 12.220.872, Profesor Regular de la Carrera de Antropología de la Facultad de Humanidades, el beneficio de Año Sabático, a partir del 31 de Marzo y hasta el 30 de Setiembre de 2003.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que el Lic. NAHARRO, una vez concluido el uso de este beneficio, deberá presentar para su aprobación, un informe de las actividades desarrolladas al Consejo Directivo de la mencionada Facultad.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Humanidades, Dirección General de Personal y Lic. Naharro.. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.-
FDO: Prof. Juan A. BARBOSA - Dr. Víctor O. VIERA