SALTA,
19/12/02.-
Expediente
Nº 8.107/02
RESOLUCION CS 339/02
VISTO las presentes actuaciones por las cuales el Ms. Daniel ARIAS FIGUEROA, Profesor Adjunto con Dedicación Simple y Profesor Adjunto con Dedicación Exclusiva de la Facultad de Cs. Exactas, solicita el pago de la asignación fijada por el Decreto 1610/93, y
CONSIDERANDO:
Que
la Dirección General de Personal expresa, en providencia obran te a fs. 2 de las actuaciones de referencia, lo siguiente: “Vistas las presentes actuaciones se informa
que el Dcto. 1610/93 no prevé adicional alguno para
docentes con dedicación exclusiva. A la fecha de entrada en vigencia del citado
decreto, el régimen de incompatibilidad no contemplaba la posibilidad de
acumulación de un cargo de dedicación simple. Actualmente y por Res. CS. N° 420/99 - artículo 6° - inc. a) "Los docentes de
esta Universidad que revistan con dedicación exclusiva podrán acumular
únicamente un cargo adicional de dedicación simple de esta Universidad."
Por lo expresado y tratándose de una situación cuya resolución dejará precedente
para aplicar a casos similares; corresponde que el tema sea considerado y resuelto
a nivel institucional por el Consejo Superior.”
Que este Cuerpo comparte el informe elaborado por el Sr. Director General de Personal. '
Por ello y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 100/02,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su 19° Sesión Ordinaria del 28 de noviembre de 2002)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- No hacer lugar a lo solicitado por el Ms. Daniel ARIAS FIGUEROA, por cuanto su situación no se ajusta a lo establecido en el Dcto. 1610/93.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Cs. Exactas, Dirección General de Personal, Ms. Arias Figueroa y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA