SALTA, 24/10/02.-

Expediente Nº 867/76

 

RESOLUCION CS 274/02

 

VISTO la presentación de la Profesora Emi1ce Ottavianelli, docente de la Facultad de Ciencias Exactas, quien plantea situaciones discriminatorias en el tratamiento dado a los usuarios de la Biblioteca de la Facultad de Ingeniería “Ing. Rolando Federico Poppi”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que a juicio de este Cuerpo, todos los miembros de la comunidad universitaria deben acceder en forma igualitaria a los bienes de la Universidad Nacional de Salta.

 

Que corresponde al Consejo Superior reglamentar el régimen de sus bienes (Art. 100. inc. 18 del Estatuto de la Universidad Nacional de Salta.), entendiéndose como tales al material bibliográfico.

 

Que de una primera lectura del “Reglamento para préstamo de Bibliografía” de la Facultad de Ingeniería, se concluye que se plantean diferencias en el tratamiento dado a los usuarios de dicha Facultad con relación al resto de los miembros de la comunidad universitaria.


 


Que es necesario que la citada Unidad Académica brinde una respuesta al planteo formulado por la Dra. Ottavianelli.

 

Por ello, en uso de sus atribuciones y atento a lo aconsejado por la COMISION DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMETO de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 091/02

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su 16º Sesión Ordinaria del 17 de Octubre de 2002)

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º.- Solicitar a la facultad de Ingeniería la revisión del “Reglamento para Préstamo de Bibliografía” de la Biblioteca "Ing. Rolando Federico Poppi”, para aclarar y  responder a la presentación formulada por la Dra. Emilce OTTAVIANELLI.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector. Facultad de Ingeniería y Dra. Ottavianelli. Cumplido, siga a la mencionada Facultad a sus efectos.-

 

 

 

RSR

 

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA