SALTA, 22/07/02.-

Expediente Nº 10.288/02

 

RESOLUCION CS 176/02

 

VISTO las presentes actuaciones por las cuales la Sra. Decana de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES tramita la validación nacional y aprobación de los alcances del título de Ingeniero Agrónomo de la Carrera de Ingeniería Agronómica ­Plan de Estudios 1991, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el mencionado Plan de Estudios fue aprobado por el Consejo Superior mediante Resolución Nº 432/90, en el que se observa que no se encuentran consignados los alcances del título citado.

 

Que a este respecto, la Sra. Decana informa que los alcances del titulo son los establecidos por Resolución Nº 542/89 del ex-Ministerio de Educación y Justifica de la Nación.

 

Que por tal motivo, la Sra. Secretaria Académica de la Universidad aconseja el dictado de una resolución ampliatoria por la cual se deje aclarado que los alcances correspondientes al título de Ingeniero Agrónomo son los fijados por la Resolución NQ 542/89 referida.

 

Por ello y atento al Despacho Nº 086/02 de COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Quinta Sesión Especial del 4 de julio de 2002)

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Dejar establecido que los Alcances del Título de Ingeniero Agrónomo de la Carrera de Ingeniería Agronómica de la FACULTAD DE CIENCIAS NATURALES de esta Universidad - Plan 1991, son los que a continuación se detallan:

 

  1. Programar, ejecutar y evaluar la producción, mejoramiento y conservación de especies vegetales y productos agrícolas.

 

  1. Determinar, clasificar y evaluar los recursos vegetales a los efectos de su aprovechamiento, reproducción y conservación.

 

  1. Programar, efectuar y evaluar la multiplicación, mejoramiento y adaptación de especies vegetales con fines productivos, experimentales u ornamentales.

 

  1. Programar, ejecutar y evaluar la producción, mantenimiento, conservación y utilización de recursos forrajeras.

 

  1. Determinar las especies vegetales a implantar en distintos espacios de acuerdo con las características, función y destino de los mismos, así como las condiciones para la implantación y manejo de dichas especies.

 

  1. Programar y efectuar el desmonte y raleo de formaciones vegetales.

 

  1.  Realizar, interpretar y evaluar estudios y análisis de suelos yaguas con fines agronómicos.

 

  1. Programar, ejecutar y evaluar el manejo del agua, su conservación y los sistemas de riego, desagüe y drenaje para uso agropecuario.

 

  1. Realizar relevamiento de suelos y programar, ejecutar y evaluar métodos de conservación, manejo, recuperación y habilitación de los mismos con fines agronómicos.

 

  1. Establecer y evaluar la capacidad agronómica del suelo; elaborar sobre la base de la misma, criterios de parcelamiento y participar en la determinación de la renta potencial de la tierra.

 

  1. Programar, ejecutar y evaluar las acciones de control y las medidas de prevención de plagas y enfermedades que afectan las especies vegetales, semillas y órganos de propagación vegetal.

 

  1. Programar, ejecutar y evaluar la prevención y control de los factores bióticos y abióticos que afectan la producción agrícola y forestal.

 

  1. Programar, ejecutar y evaluar técnicas de control de los factores climáticos que inciden en la producción vegetal.

 

  1. Determinar características, tipificar, fiscalizar y certificar calidad, pureza y sanidad de semillas y órganos de propagación vegetal.

 

  1. Determinar las características, tipificar, fiscalizar y certificar calidad, pureza y sanidad de los productos forestales y de los productos y subproductos agrícolas.

 

  1. Determinar las condiciones de almacenamiento, conservación y transporte de granos, forrajes, frutos, semillas y otros órganos vegetales y su correspondiente tratamiento sanitario.

 

  1. Asesorar en la elaboración de productos químicos, productos biológicos, fertilizantes y enmiendas destinadas al uso agrícola y forestal; programar, ejecutar y evaluar su aplicación; efectuar la certificación de uso de los mismos y determinar las condiciones de almacenamiento, conservación y transporte.

 

  1. Asesorar en el diseño de las instalaciones rurales, máquinas y herramientas agrícolas; determinar y evaluar la forma de utilización de las mismas.

 

  1. Participar, mediante la utilización de técnicas agronómicas, en el manejo, conservación, preservación y saneamiento del medio ambiente y en el control y prevención de las plagas que afectan el ambiente humano.

 

  1. Realizar estudios diagnósticos y evaluaciones referidos a la producción agrícola y forestal y a la organización de unidades de producción agropecuaria, con el objeto de determinar las acciones correctivas y evaluar su aplicación.

 

  1. Determinar las acciones a implementar para la optimizaci6n de la relación recursos animales, ­recursos vegetales, con fines productivos.

 

  1. Organizar, dirigir, controlar y asesorar establecimientos destinados al mejoramiento, multiplicación y producción vegetal.

 

  1. Organizar y dirigir unidades de producción agropecuaria y forestal.

 

  1. Organizar y dirigir jardines botánicos y parques y asesorar en el mantenimiento y utilización de las especies y formaciones vegetales que integran las reservas naturales.

 

  1. Asesorar en la elaboración de planes, políticas y normas relativas a la producción agrícola y forestal; a la conservación y manejo del suelo, agua y recursos vegetales con fines agronómicos.

 

  1. Participar en la elaboración de planes, políticas y normas, relativos a la producción agropecuaria.

 

  1. Realizar valuaciones y tasaciones de plantaciones, formaciones vegetales naturales, explotaciones agrícolas y forestales y de unidades agronómicas, sus mejoras fundiarias y los elementos afectados a su explotación.

 

  1. Participar en valuaciones y tasaciones de unidades de producción agropecuaria.

 

  1. Realizar arbitrajes y peritajes que impliquen determinaciones acerca de la calidad, pureza y sanidad de especies, órganos vegetales, productos vegetales, productos forestales, productos y subproductos agrícolas; la capacidad agronómica del suelo: y los daños y perjuicios ocasionados a dicha capacidad, a la producción agrícola y forestal y a la productividad en función de la relación recursos animales= recursos vegetales.

 

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Cs. Naturales, Secretaría Académica y Dirección de Control Curricular. Cumplido, siga a esta última dependenda a sus efectos.-

 

 

RSR

 

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA