SALTA, 26/06/02.-

Expediente Nº 14.165/98

 

RESOLUCION CS 163/02

 

VISTO la Resolución Nº 468/01, a través de la cual el CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA establece que las asignaturas: Hormigón Armado II, Vías de Comunicaciones I; Ingeniería Sanitaria y del Medio Ambiente; Vías de Comunicaciones II; Construcciones Metálicas y de Madera; e Instalaciones en Edificios correspondientes al 4to. Año del Plan de Estudios 1999 de la carrera de Ingeniería Civil son de régimen promocional únicamente, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que dicha medida se adoptó teniendo en cuenta el acuerdo arribado con los responsables de las cátedras del citado curso, y en el marco de lo establecido por la Resolución CS Nº 344/91.

 

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 068/02,

 

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en Cuarto Intermedio de su Octava Sesión Ordinaria del 20 de junio de 2002)

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º.- Tomar conocimiento de la Resolución Nº 468/01 del Consejo Directivo de la FACULTAD DE INGENIERÍA.            

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de Ingeniería y Dirección de Control Curricular. Cumplido, siga a la mencionada Unidad Académica a sus efectos.-

 

 

RSR

 

PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA