SALTA, 26/06/02.-
Expediente Nº 17.554/01
RESOLUCION CS 160/02
VISTO las presentes actuaciones por las cuales la SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA eleva proyecto de Reglamento de Aranceles para el Taller Gráfico de la Imprenta Central de la UNSa., y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Nº 079/00, este Cuerpo fijó aranceles por el servicio que presta el mencionado Taller a las dependencias de la propia Universidad; a la vez que estableció que el total de la recaudación constituirá un fondo permanente con afectación exclusiva a la renovación y mantenimiento de sus equipos.
Que desde el dictado del citado acto administrativo, la imprenta no recibió transferencia alguna por la presentación de sus servicios, lo que implica que la misma subsiste con créditos presupuestarios que le asigna la Secretaría de Extensión Universitario y los fondos que por Tesorería General ingresan a la cuenta de recursos propios.
Que en virtud de ello y teniendo en cuenta la necesidad del dictado de una norma que brinde celeridad en el cobro de los servicios prestados por la Imprenta Central, se dispone la emisión de la presente.
Por ello, en uso de sus atribuciones y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE HACIENDA de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 017/02,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Octava Sesión Ordinaria del 13 de junio de 2002)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Reglamento de Aranceles del Taller Gráfico de la Imprenta Central de esta Universidad, cuyo texto obra como Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Disponer que por Secretaría Administrativa de la Universidad se dará eficaz cumplimiento, constante y permanente de las disposiciones del Reglamento aprobado.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Publicaciones e Impresiones, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, FOMEC, Centros de Estudiantes y Unidad de Auditoría Interna. Cumplido, siga a Secretaría de Extensión Universitaria para su toma de razón y demás efectos.-
Reglamentación de Aranceles fijados
por Resolución Nº 079/99
- Se incluyen como Dependencias de la Universidad a los Centros de Estudiantes, Asociaciones Sindicales, Cooperadoras, Institutos y toda otra que tenga una relación directa con la misma.
- La Tesorería por intermedio de su Caja Recaudadora en Castañares será la encargada del cobro de los aranceles dispuestos.
- Existirán dos sistemas de pago:
a) En efectivo: se efectuará el pago en Caja Recaudadora en Castañares, Edificio de Biblioteca Central y/o en Tesorería General en Rectorado.
b) Con Afectación Presupuestaria: la Dependencia que posea crédito dentro del Presupuesto General de la Universidad podrá optar por este sistema, para que en forma mensual se transfiera de su crédito los gastos por trabajos encargados a la Imprenta Central.
METODOLOGIA:
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA