SALTA, 05 JUNIO 2002
Expediente N° 481/99.-
RESOLUCIÓN CS Nº 139/02
VISTO las presentes actuaciones y la Resolución CS Nº 313/01, a través de la cual se crea el CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE LENGUAS, EDUCACIÓN Y CULTURAS ABORÍGENES (CeLECI), que funcionará bajo dependencia de la Facultad de Humanidades, y
CONSIDERANDO:
Que el punto 2 - . Dependencias institucionales del CeLECI - ANEXO I del mencionado acto administrativo expresa: þEl CeLECI constituiría una unidad académica relacionada con las diferentes Escuelas e Institutos que participen en el Centro y nutrido por ellos (en este momento: Letras, Antropología, Ciencias de la Educación y el Organismo de DDHH. Grupo Chaguar). A los efectos administrativos dependerá de Decanato.û
Que Secretaría de la Facultad observa que el Organismo de DDHH ý Grupo Chaguar no reviste el carácter de Escuela o Instituto, por lo que su inclusión como dependencia institucional del CeLECI no es correcta, razón por el cual solicita la revisión de este punto.
Que este Cuerpo comparte la observación formulada y procede a su modificación para evitar confusiones.
Por ello, en uso de sus atribuciones y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento, mediante Despacho Nº 047/02,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en Cuarto Intermedio de la 7º Sesión Ordinaria del 30 de mayo de 2002)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Modificar el punto 2 del Anexo I de la Resolución CS Nº 313/01, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
þEl CeLECI constituiría una unidad de investigación relacionada con las diferentes Escuelas e Institutos que participen en el Centro y nutrido por ellos (en este momento: Letras, Antropología y iencias de la Educación). A los efectos administrativos dependerá de Decanato.û
ARTÍCULO
2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultad de
Humanidades, Secretaría Académica y Consejo de
Investigación. Cumplido, siga a la mencionada Facultad a sus
efectos.-
RSR
Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr.
Victor Omar VIERA