SALTA, 04 ABRIL 2002

Expediente N° 1.520/01.-

RESOLUCIÓN CS Nº 077/02


VISTO las presentes actuaciones por las cuales la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN TÉCNICA pone a consideración el Proyecto de Convenio Marco de Cooperación entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, la SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y RECREACIÓN de la PROVINCIA DE SALTA y la FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN Y EL DESARROLLO HUMANO, y


CONSIDERANDO:


Que tanto la Subsecretaría como la Fundación coinciden en la necesidad de proponer a la sociedad argentina un ámbito destinado a difundir, promocionar y estudiar actividades físicas, deportivas y nutricionales, con el fin de mejorar la salud y la calidad de vida de las personas en todas sus etapas evolutivas.


Que es importante para las instituciones citadas, contar con una fuente de saber especializado con docentes e investigadores que aporten sus conocimientos para la formación y el perfeccionamiento de los proyectos conjuntos en áreas de su interés, sean aportados en beneficio de la región.


Que Asesoría Jurídica, mediante Dictamen Nº 6213, expresa que no tiene objeción legal que formular al texto del Convenio.

Que el Convenio fue suscripto por las partes con fecha 8 de febrero de 2002 y puesto en vigencia mediante Resolución Rectoral Nº 039/02, dictada ad-referéndum del Consejo Superior.


Que por otra parte, es menester dejar debidamente aclarado que la SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y RECREACIÓN es un organismo dependiente del Gobierno de la Provincia de Salta, razón por la cual debe corregirse en ese sentido, tanto en el citado acto administrativo como en su Anexo.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y Reglamento de este Cuerpo, mediante Despacho Nº 020/02,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Tercera Sesión Ordinaria del 21 de marzo de 2002)

R E S U E L V E :


ARTÍCULO 1º.- Convalidar la Resolución Rectoral Nº 039/02, de fecha 25/02/02, dejando aclarado que tanto en el acto administrativo citado como en su Anexo I debe leerse: SUBSECRETARÍA DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE LA PROVINCIA DE SALTA.


ARTÍCULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Subsecretaría, Fundación, Facultades, Sedes Regionales, Secretarías y Direcciones Generales. Cumplido, siga a Rectorado a sus efectos.-
RSR

Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dra. Graciela LESINO