SALTA, 13 MARZO 2002
Expediente N° 151/02.-
RESOLUCIÓN CS Nº 048/02
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE SALTA solicita se otorgue el título de Doctora Honoris Causa a la Sra. Estela BARNES de CARLOTTO, Presidenta de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, y
CONSIDERANDO:
Que resulta imprescindible brindar un reconocimiento desde la Universidad Pública al esfuerzo que, adversidad mediante, ha llevado adelante la Sra. Estela BARNES de CARLOTTO a través de la mencionada Asociación que, en 22 años de lucha, han encontrado a 72 niños-nietos que nacieron en cautiverio y fueron secuestrados en la última dictadura militar.
Que frente al plan siniestro que se expresó en la desaparición de personas y que ahora se manifiesta en la desaparición de los derechos esenciales de la vida, es necesario la contribución constante de aportes para seguir construyendo la memoria colectiva de toda la sociedad.
Que la Sra. Estela BARNES de CARLOTTO, que fue victima directa de la masacre y la perversidad de los personeros del proceso, continúa exigiendo justicia; no se resigna; sigue en la búsqueda permanente de su nieto y continúa sosteniendo el pensamiento de que NO QUEREMOS MORIRNOS SIN ANTES ABRAZAR A NUESTROS NIETOS.
Que la tarea desarrollada en defensa de los valores de la Vida y la Paz que a diario promueve la Sra. de CARLOTTO ha sido legítimamente reconocida por diversas organizaciones sociales, gubernamentales, culturales y educativas de nuestro país y del exterior.
Que la Universidad de Massachusset (Estados Unidos) ha honrado a la Sra. de CARLOTTO con el título de DOCTORA HONORIS CAUSA EN DERECHOS HUMANOS.
Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, como un espacio público y de un constante compromiso social, debe de realizar un reconocimiento a la labor y a la vocación y convicción de lucha de la Sra. de CARLOTTO.
Que basado en una lucha frontal para que el pasado no vuelva, la U.N.Sa. tiene la inmensa obligación de expresarse de manera contundente a favor de la vigencia de la Vida y la Paz.
Que conforme al Artículo 100, inc. 10, del Estatuto Universitario, corresponde a este Cuerpo otorgar este tipo de distinciones a aquellas personalidades de sobresaliente trayectoria en el país o en el mundo, cuyo aporte sea significativo.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 018/02,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Segunda Sesión Ordinaria del 7 de marzo de 2002)
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- Otorgar el título de DOCTORA HONORIS CAUSA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA a la Sra. Estela BARNES de CARLOTTO, en reconocimiento a su labor en defensa de los Derechos Humanos y en el marco del inc. 10) Art. 100 del Estatuto Universitario.
ARTÍCULO 2°.- Encomendar a la SECRETARÍA ACADÉMICA de la Universidad para que, conjuntamente con la FEDERACIÓN UNIVERSITARIA DE SALTA, concreten a través de un acto la entrega de la presente distinción a la Sra. de CARLOTTO.
ARTÍCULO
3°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Sra. de
CARLOTTO, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación
Media, FUSa., Centros de Estudiantes, ADIUNSa., APUNSa., Radio
Universidad, Dirección de Relaciones Públicas, Comisión
de DDHH del Consejo Deliberante de la Ciudad de Salta, Cámara
de Diputados y de Senadores de la Provincia y de la Nación.
Cumplido, siga a la Secretaría Académica a sus
efectos.-
RSR
Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor
Omar VIERA