SALTA, 25 FEBRERO 2002
RESOLUCIÓN CS Nº 005/02
VISTO las disposiciones contenidas en el inciso a) del Artículo 182 deI Estatuto de esta Universidad, aprobado por Resolución A.U. N0 001/96 y publicado en el Boletín Oficial de la Nación N0 28485 de fecha 24-09-96, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde renovar el mandato de los consejeros representantes por los Estamentos de Estudiantes y Graduados.
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Primera Sesión Ordinaria del 21 de Febrero de 2002)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°. Convocar a Elecciones Ordinarias para el 19 de Abril de 2002, con el fin de elegir los representantes de los Estamentos de Estudiantes y Graduados, ante los Consejos Directivos y Superior de esta Universidad.
ARTÍCULO 2°. Establecer el siguiente Cronograma Electoral:
Actividad |
Fechas |
Período de Inscripción de Graduados |
Hasta el 20/03/2002 |
Confección de Padrones Provisorios de Estudiantes y Graduados y del listado de electores que en principio figuran en dos padrones y deben optar por uno de ellos |
21/03/2002 |
Publicidad (período de tachas e inclusiones) |
Desde el 22/03/2002 hasta el 28/03/2002 |
Emisión de Padrones Definitivos de Estudiantes y Graduados distribuidos por mesas |
29/03/2002 |
Recepción de Listas de Candidatos |
Hasta hs. 19,00 deI 05/04/2002 |
Oficialización de Listas |
09/04/2002 |
Cierre de Campaña Electoral |
17/04/2002 a horas 08,00 |
Acto Eleccionario |
19/04/2002 de hs 08,00 a 18,00 |
Impugnaciones al Acto Eleccionario |
Hasta hs. 19,00 deI 22/04/2002 |
Expedición de Juntas Electorales y Proclamación de Candidatos Electos |
24/04/2002 |
Posesión de Consejeros Electos |
02/05/2002 |
ARTÍCULO 3°. Designar la COMISIÓN COORDINADORA ELECTORAL, la que estará
integrada por:
Dra. Graciela LESINO GARRIDO
Prof. Juan Antonio BARBOSA
Lic. Claudio Román MAZA
Prof. Marta BOTTO de POCOVI
Abog.. Raquel M. DE LA CUESTA de GALLO
ARTÍCULO 4°. Designar a la JUNTA ELECTORAL GENERAL, la que estará integrada por:
Prof. Maria Teresa ALVAREZ de FIGUEROA
Cr. Héctor Alfredo FLORES
Ing. Julio Raul DELIZIA
Ing. Diego Saravia ALIA
Abog. Gloria L. K. de BARRANDEGUY
ARTICULO 5°. Determinar que los Consejos Directivos de las Facultades deberán designar sus respectivas Juntas Electorales hasta el 20 de Marzo del 2002.
ARTICULO 6°. Establecer que la condición necesaria para ser considerado Estudiante Regular es haber aprobado por lo menos 2 (dos) asignaturas en el periodo comprendido entre el 15 de marzo de 2.001 y el 16 de marzo del 2002.
ARTICULO
7°. Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Miembros de la
Junta Electoral General, Comisión Coordinadora Electoral,
Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media,
Secretarias, Direcciones Generales, Asesoría Jurídica,
FUSa., Consejo de Investigación y Dirección de
Relaciones Públicas, Cumplido, siga a la Junta Electoral
General a sus efectos.-
RSR
Fdo. Juan Antonio BARBOSA - Dr.
Victor Omar VIERA