SALTA, 21/02/02.-
Expediente Nº 2.502/02
VISTO la
presentación efectuada por la Federación
Universitaria de Salta y los Centros de Estudiantes de la Universidad, y
CONSIDERANDO
Que
la misma está vinculada a que la Universidad Nacional
de Salta emita una resolución reconociendo explícitamente que los estudiantes
ingresantes que se encuentran pre-inscriptos a partir
de la instrumentación del nuevo calendario académico ya son considerados
alumnos de la U.N.Sa.
Que
la presente tiene relación directa con la emisión de los Carnet
de Transporte que son de gran utilidad de los estudiantes y que la Empresa de Transporte “Transal SRL”, concesionaria de la Línea 20, estaba
obstaculizando la entrega de los mismos a raíz de que desconocían toda la
cuestión relacionada a la implementación del nuevo calendario académico
universitario.
Que
la
Federación Universitaria de Salta y los Centros de
Estudiantes de la
Universidad necesitan otorgar a la brevedad los carnet de transporte a los
alumno ya que los mismos constituyen una importante herramienta para la ingresante movilidad de los estudiantes hacia la Universidad.
Que
este cuerpo comparte los fundamentos esgrimidos por los Centros de Estudiantes
y la F.U.Sa. y entiende necesario el
dictado de la presente,
POR
ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO SUPERIOR
DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL DE SALTA
(en
su Primera Sesión Ordinaria del 21 de Febrero de 2002)
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Informar a la
Empresa de Transporte “TRANSAL S.R.L.”
que los estudiantes ingresantes a la Universidad Nacional
de Salta, a los cuales se lea ha otorgado constancias de pre-inscripción,
ya son considerados alumnos de esta Casa con todos los derechos y obligaciones.
ARTICULO 2º.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades,
Sedes Regionales, F.U.Sa., Centros de Estudiantes y
Secretaría Académica. Cumplido, resérvese en Secretaría del Consejo Superior.-
RSR
PROF. JUAN A. BARBOSA – DR. VICTOR OMAR VIERA