SALTA, 17 SEPTIEMBRE 2001


Expediente N° 2.503/97.-

RESOLUCION.CS. Nº 182/01

VISTO estas actuaciones mediante las cuales la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior analiza la compatibilidad entre el Estatuto de la Universidad y el Reglamento de Concursos para la provisión de cargos de Profesores Regulares - Resolución CS Nº 350/87 y modificatorias, y


CONSIDERANDO:


La necesidad de adecuar el Reglamento citado al Estatuto de la Universidad Nacional de Salta, en particular a lo dispuesto en su Artículo 27 y su compatibilización con el Artículo 55 que expresa: "De los Profesores Eméritos y Consultos: Todo profesor Regular cesa en las funciones para las que ha sido designado el 1º de marzo del año siguiente a aquel en el que cumple 65 años de edad. En tal circunstancia el profesor regular puede ser designado Profesor Consulto -en la categoría respectiva- o Profesor Emérito".


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN Y REGLAMENTO de este Cuerpo, mediante Despacho N° 036/01,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Undécima Sesión Ordinaria del 6 de setiembre de 2001)

R E S U E L V E:


Artículo 1º.- Establecer que la designación de un profesor regular en la Universidad Nacional de Salta tendrá una duración de cinco (5) años, salvo cuando se trate de docentes comprendidos en el Artículo 27 del Estatuto Universitario, en cuyo caso la designación caducará el 1° de marzo del año siguiente a aquél en el que el docente cumple los 65 años de edad.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Dirección General de Personal a sus efectos.-

RSR

FDO:
Prof. Juan A. BARBOSA
Dr. Víctor Omar VIERA