SALTA,17 AGOSTO 2001
Expediente N° 384/01.-
RESOLUCION.CS.Nº 141 / 01
VISTO las presentes actuaciones y el Artículo 5° de la Resolución CS N° 136/01, por la cual se autoriza al Sr. Rector a liquidar (con carácter de provisorio y bajo protesta) los sueldos correspondientes al mes de julio de 2001 de acuerdo a los montos recibidos en la partida principal 1 y a las disposiciones del Ministerio de Educación, con la mayor premura posible, y
CONSIDERANDO:
La recomendación formulada por la Asamblea Universitaria en fecha 1° de Agosto del año en curso, en el sentido de dejar sin efecto el referido artículo por cuanto se entiende inoportuno su puesta en vigencia, teniendo en cuenta que dicha Asamblea se pronunció en contra del ajuste dispuesto por el Congreso Nacional mediante Ley 25453.
Que este Cuerpo entiende pertinente dicha recomendación, teniendo en cuenta la situación financiera que atraviesa nuestra Universidad.
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Octava Sesión Extraordinaria del 9 de agosto de 2001)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto el Artículo 5° de la Resolución CS N° 136/01, por las razones invocadas en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, U.A.I. y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a SECRETARÍA ADMINISTRATIVA a sus efectos.-
RSR
FDO:
Prof. Juan A. BARBOSA
Dr. Víctor Omar VIERA