SALTA, 26 JULIO2001
Expediente N° 384/01.-
RESOLUCION.CS.Nº 136/01
Visto el Decreto 896/01 - Reducción presupuestaria y salarial en la Administración Pública Nacional. y
Considerando:
Que se encuentra en tratamiento en el Congreso de la Nación, con media sanción de Diputados, un proyecto de ley, también referido a reducción salarial en el ámbito de la Administración Pública, con criterios que difieren en diversos aspectos con dicho decreto,
Que las medidas económicas que finalmente se sancionen serían de aplicación para las universidades nacionales.
Que los descuentos alcanzarían a los salarios del mes en curso, que se debe pagar los primeros días de agosto.
Que las medidas tomadas afectan seriamente la autonomía universitaria y generan un grave precedente de intromisión del PEN en las UUNN que hace peligrar la vida institucional de las mismas.
Que este nuevo ajuste agrava la situación de emergencia de las UUNN y del sector educativo en general, que ya han venido sufriendo restricciones desde hace varios años y compromete seriamente las posibilidades de cumplir con sus finalidades.
Que el desfinanciamiento del sistema educativo nacional pone en peligro el derecho a la educación misma y plantea serios interrogantes al futuro del país.
Que la proximidad de la fecha de pago, los días que demandaría la modificación de las planillas de sueldo y la necesidad de abonar los mismos con la menor dilación posible, hacen recomendable proceder a la gestión de pago inmediatamente después de conocida la partida presupuestaria que disponga la universidad para ese fin, sin perjuicio del posterior debate y decisiones que adopte este cuerpo sobre el tema.
POR ELLO y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Novena Sesión Ordinaria del 26 de Julio de 2001)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Declarar al Consejo Superior en Sesión Permanente.
ARTÍCULO 2°.- Encomendar al Sr. Rector a iniciar las acciones legales que correspondan a fin de que el Gobierno Nacional envíe las partidas presupuestarias aprobadas por el Congreso Nacional en tiempo y forma.
ARTÍCULO 3°.- Manifestar el rechazo de esta Universidad a las medidas de ajuste aplicadas por el Gobierno Nacional.
ARTÍCULO 4°.- Manifestar la preocupación y solidaridad de la Comunidad Universitaria Salteña con todos los sectores sociales afectados por las medidas de ajuste, especialmente los sectores económicos más débiles de nuestro país.
ARTÍCULO 5°.- Autorizar al Sr. Rector a liquidar (con carácter de provisorio y bajo protesta) los sueldos correspondientes al mes de julio de 2001 de acuerdo a los montos recibidos en la partida principal 1 y a las disposiciones del Ministerio de Educación, con la mayor premura posible.
Articulo 6°.- Disponer que las modificaciones salariales que pudieren corresponder por eventuales cambios o correcciones de las pautas distributivas, se realizarán a través de planillas complementarias o en oportunidad de liquidarse el mes de agosto según corresponda.
ARTÍCULO 7°- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Direcciones Generales, Dirección de Presupuesto, Dirección de Contabilidad, U.A.I. y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a SECRETARÍA ADMINISTRATIVA a sus efectos.-
RSR
FDO:
Prof. Juan A. BARBOSA
Dr. Víctor Omar VIERA