SALTA, 03 JULIO 2001
Expediente N° 2.524/01.-
RESOLUCIÓN CS Nº 128/01
VISTO que una de las avenidas circundantes al Campus Universitario lleva el nombre del Dr. Bernardo Houssay;
Que en el mes de octubre próximo se cumplirán cincuenta y cuatro años de habérsele entregado el Premio Nobel de Medicina, en reconocimiento a su labor científica en beneficio de la salud, y por consiguiente de toda la humanidad, y
Considerando:
Que en el marco de las celebraciones del ochenta y tres aniversario de la Reforma Universitaria de 1.918, recordamos a este acaecimiento como un hito importante dentro de lo que es la vida misma de la Universidad publica, que permitió y permite el libre acceso a la educación superior a los sectores populares de nuestra comunidad.
Que esa misma Universidad ha sido capaz de alcanzar reconocimiento a nivel internacional, no solo por la calidad de su enseñanza, sino también por la calidad humana y profesional que alcanzaron sus graduados, al punto de haber dado al país cinco Premios Nobeles.
Que en el marco de la Universidad democrática y popular, se sustentan las bases para el desarrollo integral de la comunidad, a través de la herramienta básica como lo es la educación.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 062/01,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Séptima Sesión Ordinaria del 28 de junio de 2001)
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Erigir un monolito y colocar una placa recordatoria de la labor del Dr. Bernardo Houssay en la intersección de las avenidas Bolivia y la que lleva su nombre.
ARTÍCULO 2°.- Realizar las gestiones pertinentes ante las autoridades municipales de la ciudad capital, a efectos de levantar dicha construcción en el lugar señalado.
ARTÍCULO
3°.- Afectar el personal necesario de la Dirección General
de Obras y Servicios de esta Universidad para la ejecución de
dicha obra.
ARTÍCULO 4°.- El material necesario será
provisto por la Federación Universitaria de Salta (F.U.Sa.) y
por el Centro de Estudiantes de Ciencias Exactas (C.E.C.E), como así
también estas instituciones se harán cargo de la
cobertura de los gastos emergentes.
ARTÍCULO
5°- Comuníquese con copia a: Sr. Rector, Facultades, Sedes
Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías,
Direcciones Generales, ADIUNSa., APUNSa., FUSa., Centros de
Estudiantes, Coordinación de Relaciones Internacionales,
Dirección de Relaciones Públicas, Radio Universidad,
U.A.I. y Asesoría Jurídica. Cumplido, RESÉRVESE
en Secretaría del Consejo Superior.-
RSR
Fdo. Prof.
Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA