SALTA, 21 JUNIO 2001

Expediente N° 1.545/00.-


RESOLUCIÓN CS Nº 112/01


VISTO la presea actuaciones por las cuales la Srta. Glady Soria solicita se considere su situación de alumna regular de la Facultad de Ciencias dE la Salud, en la Carrera de Enfermería-Ciclo Licenciatura, y


CONSIDERANDO:


Que el CONSEJO DIRECTIVO de la Facultad de Ciencias de la Salud, mediante los artículos 2° y 3° de la Resolución N° 269/96, estableció claramente las condiciones que debía cumplir la Srta. Soria para el cursado de la Carrera de Licenciatura en Enfermería (modalidad a distancia) y dichas condiciones no fueron cumplidas, razón por la cual su regularidad caducó.


Que han tomado debida intervención tanto la Secretaria Académica de la Universidad como la Dirección de Asesoría Jurídica, a través de sendos informes.


Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias y atento a lo aconsejado por la COMISIÓN DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN Y DISCIPLINA de este Cuerpo, mediante Despacho N° 058/01,


EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA

(en su Sexta Sesión Ordinaria del 14 de junio de 2001)

R E S U E L V E:


Artículo 1°.- No hacer lugar a lo solicitado por la Sra. Glady Soria, L.C. 4.634.748, en razón de no haber dado cumplimiento a lo estipulado mediante Resolución N0 269/96, emitida por el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Salud.


ARTÍCULO 2°.- Comuníquese con copia a: Rectorado, Facultad de Cs. de la Salud, Srta. SORIA y Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a la mencionada Unidad Académica a sus efectos.-
RSR


Fdo. Prof. Juan Antonio BARBOSA - Dr. Victor Omar VIERA